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 #954175  por zaza
 
hola a todos quería consultarles algo aparentemente me hicieron una multa en el año 10/2010 llego a casa una notificación con correo simple osea lo dejaron en el buzón
según dice la que puedo pagar la multa minina antes del 22/5 de $ 2117,15. EL MOTIVO Dice código 54,17 ( no encontré a que corresponde ). lo firma aparentemente el juez de faltas .
mi pregunta es ? alguien sabe cuando prescribe?
tb dice que puedo presentar un descargo pero la verdad no se que hacer la multa es carisima , No hay foto,
alguien me podría aconsejar que hacer ?
no se si me conviene dejarla pasar ya que la notificación la dejaron en el buzón nunca me notifique o sea nunca firme nada .

algún consejito? gracias
 #954789  por CHAPU
 
la infraccion debe notificarse dentro de los 60 dias del hecho. No pague nada porque es irregular desde el vamos; sugiero que presente un escrito negando todo, o vas al Juzgado de Falta a exclamarle que vos no podria hacer una cosa asi etc; que se trata de un error, tal vez fue otro vehiculo que circulaba con una patente fraguada u autentica pero copiada mal por el agente..etc.etc.
Un acta de comprobacion debe ser notificada de manera fehaciente. El acta tambien debe ser instrumento publico, es decir firmada, etc. hay mucho hijo como veraz, pero..