Buenas, estoy tramitando una sucesión en la que algunos herederos quieren dividir el inmueble, y otros quieren vender .-
Siendo posible la división en especie, y no convirtiendo en antieconómico el aprovechamiento de las otras partes, entiendo que se terminará dividiendo en especie, y luego, si quisieran , los herederos que querían vender podrá vender su parte ya determinada.-
Ahora, la pregunta que hago es: dado que la división genera gastos -agrimensor, etc- que de venderse el inmueble no se generarían: esto debe considerarse un gasto común? o es que los herederos que quieren la división son los únicos que se deben hacer cargo de esos gastoss?
Siendo posible la división en especie, y no convirtiendo en antieconómico el aprovechamiento de las otras partes, entiendo que se terminará dividiendo en especie, y luego, si quisieran , los herederos que querían vender podrá vender su parte ya determinada.-
Ahora, la pregunta que hago es: dado que la división genera gastos -agrimensor, etc- que de venderse el inmueble no se generarían: esto debe considerarse un gasto común? o es que los herederos que quieren la división son los únicos que se deben hacer cargo de esos gastoss?
