HOLA GENTE, TENGO MI PRIMER CASO PENAL...........DOS MENORES IMPUTADOS POR ROBO EN GRADO DE TENTATIVA..ESTOY EN PROVINCIA........QUE ME RECOMIENDAN COMO PRIMER PASO????
Ley 22.278 escribió:Artículo 1º. No es punible el menor que no haya cumplido dieciséis años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho años, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con multa o con inhabilitación.