Hola, estoy en dudas sobre el derecho de un co-propietario a solicitar la subdivisión de una propiedad que vendió
hace aproximadamente 2 años. La Sra. " A " le vende una parte indivisa ( 60,40 %) del lote a B" y "C" que adquieren un porcentaje de ese 66,40 en partes iguales. Ahora bien, las compradoras se habian comprometido ( no por escritura) a solventar los gastos de la subdivision y la medianeria, cosa que hasta la fecha incumplieron. "A", intima por CD, no el cumplimiento que por cierto estaba indocumentado, sino por el derecho de subdividir el condominio Art. 2692 C.C., nunca responden las compradoras y continuan edificando en el lote que por cierto se encontraba tambien al frente edificada la vivienda de la vendedora, con el perjuicio de no tener medianera ni entrada independiente ni de acceso a la propiedad ni de servicios, ademas no abonan los impuestos que les corresponden por su parte indivisa.
En Septiembre 2012, "A" inicia la mediacion en Tribunales de Lomas, a la audiencia las requeridas asisten y no aceptan la subdivision por no tener fondos, ellas deciden seguir construyendo las viviendas aun con lo molesto que era esto para "A", por no tener privacidad en su vivienda.
Es por lo que decide perimetrar todo el lote donde ocacionalmente habian deslindado su porcion de titularidad ( sin planos de mensura), solo para tener entrada independiente y seguridad en su vivienda, todos los gastos a su cargo.
Luego de una charla, deciden realizar la subdivision cada quien abonaria el porcentual que les corresponde por su parte indivisa.
Como estaba todavia pendiente el pago de los honorarios de la mediadora, si la sra. "A" no iniciaba la demenda antes de los 60 dias, es que se solicita en el centro de mediacion la reapertura con una audiencia espontanea a cargo de la requirente "A", para cerrar el acta con ese acuerdo y cancelar tambien los honorarios del mediador.
A dicha audiencia no comparece ni "B" ni "C", estando debidamente notificadas por cedula "Ad Hoc".
Se cierra el acta sin acuerdo y nuevamente la requirente "A", esta en la posicion de iniciar la demanda.
Mi pregunta es: si no hay acuerdo durante el proceso, la propiedad se subdivide por decision judicial y los gastos costas y honorarios serian a cargo de la demandada vencida y si esta no paga, se ejecutaria en su parte ya subdividida, o hay riesgos que entre en remate publico y de esta manera se viera perjudicada la actora.
Bueno espero no haber aburrido a nadie con mi inquietud, y si me dan una orientacion porque se me vence el termino para presentar la demanda. Muchas gracias a todos quienes se tomaron la molestia de leer tanto.
hace aproximadamente 2 años. La Sra. " A " le vende una parte indivisa ( 60,40 %) del lote a B" y "C" que adquieren un porcentaje de ese 66,40 en partes iguales. Ahora bien, las compradoras se habian comprometido ( no por escritura) a solventar los gastos de la subdivision y la medianeria, cosa que hasta la fecha incumplieron. "A", intima por CD, no el cumplimiento que por cierto estaba indocumentado, sino por el derecho de subdividir el condominio Art. 2692 C.C., nunca responden las compradoras y continuan edificando en el lote que por cierto se encontraba tambien al frente edificada la vivienda de la vendedora, con el perjuicio de no tener medianera ni entrada independiente ni de acceso a la propiedad ni de servicios, ademas no abonan los impuestos que les corresponden por su parte indivisa.
En Septiembre 2012, "A" inicia la mediacion en Tribunales de Lomas, a la audiencia las requeridas asisten y no aceptan la subdivision por no tener fondos, ellas deciden seguir construyendo las viviendas aun con lo molesto que era esto para "A", por no tener privacidad en su vivienda.
Es por lo que decide perimetrar todo el lote donde ocacionalmente habian deslindado su porcion de titularidad ( sin planos de mensura), solo para tener entrada independiente y seguridad en su vivienda, todos los gastos a su cargo.
Luego de una charla, deciden realizar la subdivision cada quien abonaria el porcentual que les corresponde por su parte indivisa.
Como estaba todavia pendiente el pago de los honorarios de la mediadora, si la sra. "A" no iniciaba la demenda antes de los 60 dias, es que se solicita en el centro de mediacion la reapertura con una audiencia espontanea a cargo de la requirente "A", para cerrar el acta con ese acuerdo y cancelar tambien los honorarios del mediador.
A dicha audiencia no comparece ni "B" ni "C", estando debidamente notificadas por cedula "Ad Hoc".
Se cierra el acta sin acuerdo y nuevamente la requirente "A", esta en la posicion de iniciar la demanda.
Mi pregunta es: si no hay acuerdo durante el proceso, la propiedad se subdivide por decision judicial y los gastos costas y honorarios serian a cargo de la demandada vencida y si esta no paga, se ejecutaria en su parte ya subdividida, o hay riesgos que entre en remate publico y de esta manera se viera perjudicada la actora.
Bueno espero no haber aburrido a nadie con mi inquietud, y si me dan una orientacion porque se me vence el termino para presentar la demanda. Muchas gracias a todos quienes se tomaron la molestia de leer tanto.
