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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #954643  por fabidoc
 
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
y
Ministerio de Salud
SERVICIO DOMESTICO
Resolución Conjunta 299/2013 y 110/2013
Fíjase el valor de las cotizaciones del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud.
Bs. As., 5/4/2013
VISTO el Expediente Nº 174.436/2010 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, las leyes Nº 23.660, Nº 23.661, Nº 24.977, Nº 25.239, Nº 26.063, Nº 26.565, la Resolución Conjunta Nº 2293/10 MINISTERIO DE SALUD y Nº 883/10 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y la Resolución General Nº 3334/12 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.239 instituyó en su Título XVIII el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.

Que en lo que respecta a los beneficios del Sistema Nacional del Seguro de Salud, el artículo 17 del Título VII de la Ley Nº 26.063 explicitó que se ajustará a las previsiones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con los componentes económicos indicados en ese artículo.

Que la Resolución Conjunta Nº 2293/10 MINISTERIO DE SALUD y Nº 883/10 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de fecha 22 de diciembre de 2010, fija el valor de las cotizaciones del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico en la suma de PESOS SESENTA ($ 60).

Que dicho valor no ha sufrido modificaciones desde la vigencia de la Resolución Conjunta citada, encontrándose en el expediente del VISTO una solicitud de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES (R.N.O.S. 1-0360-0) requiriendo su incremento por las razones allí expuestas.

Que las áreas técnicas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD se han pronunciado en sentido favorable a dicho pedido, proponiendo equiparar el valor de la cotización del aporte y su esquema de actualización a lo previsto para los conceptos incluidos en los incisos b) y c) del Artículo 39 del Anexo a la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565.

Que a los fines del establecimiento de los importes a abonar, se propone la fijación de un valor de PESOS CIEN ($ 100), de acuerdo a lo dispuesto actualmente por el artículo 3º de la Resolución General Nº 3334/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE SALUD y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS han tomado la intervención de su competencia.

Que la Ley Nº 26.063 en su artículo 17, in fine, faculta a los MINISTERIOS DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y DE SALUD a disponer, mediante resolución conjunta, los mecanismos de ajuste de las cotizaciones.

Por ello,

EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Y
EL MINISTRO
DE SALUD
RESUELVEN:
Artículo 1º — Fíjase el valor de las cotizaciones del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud previsto en el artículo 17 del Título VII de la Ley Nº 26.063, en la suma de PESOS CIEN ($ 100), incluyendo el aporte al Fondo Solidario de Redistribución.
Art. 2º — El valor establecido en el artículo anterior se aplicará tanto al beneficiario titular como a cada integrante del grupo familiar primario incluido voluntariamente en la cobertura.
Art. 3º — Establécese que el valor fijado en el artículo primero se equiparará al valor de las cotizaciones previsionales fijas que surjan de aplicar el mecanismo a que se refiere el artículo 52 del Anexo a la Ley Nº 24.977, sus modificatorias y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565.
Art. 4º — La presente Resolución Conjunta entrará en vigencia a partir del mes siguiente al de su publicación.
Art. 5º — Comuníquese a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS a efectos que realice las modificaciones normativas necesarias para su implementación.
Art. 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino. — Juan L. Manzur
 #955030  por arielruiz86
 
Osea que el form 102 a partir del mes que viene (Mayo del 2013) por el tramo de 16 hs o mas sera de $135 en vez de los $95 actual, form que la Afip actualizará proximamente.
 #955035  por NORMA
 
Gracias,Fabidoc !!!Ariel,por què $ 135? y hasta 12 hs,cuànto se pagarà ?Gracias !!!
 #955036  por arielruiz86
 
Porque en el casillero (**) ahora sería $100 en vez de $60 (desde 05/2013 que entraría en vigencia esta nueva disposición) y en el casillero (*) la suma de $35 + $100 = $135
 #955038  por NORMA
 
Gracias Ariel !!! *flor*
 #955092  por MARIO1943
 
NORMA escribió:Gracias,Fabidoc !!!Ariel,por què $ 135? y hasta 12 hs,cuànto se pagarà ?Gracias !!!
EN EL DE 12 HS. SOLO CAMBIA LA PARTE DE ADHERENTES A LA O. SOCIAL QUE ES VOLUNTARIO DE $ 60 PASA A $ 100
 #955098  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió:
NORMA escribió:Gracias,Fabidoc !!!Ariel,por què $ 135? y hasta 12 hs,cuànto se pagarà ?Gracias !!!
EN EL DE 12 HS. SOLO CAMBIA LA PARTE DE ADHERENTES A LA O. SOCIAL QUE ES VOLUNTARIO DE $ 60 PASA A $ 100
TAMBIEN CAMBIA LA DEL TITULAR QUE DE $ 52 PASA A $ 92
 #955132  por alcirana
 
Entonces si mañana o en todo mayo, voy a pagar 5900 pesos por un período de 5 años y 9 meses de 6 a menos 12 horas semanales, no tendré problemas verdad? o el sistema no me va a aceptar los formularios viejos? :oops:
 #955153  por alejandra01
 
no entiendo. Ahora no hay categorías no es así? cuanto tiene que pagar el empleador para su empleada de servicio doméstico?
 #955184  por arandu2
 
La clasificacion de las categorias por horas de la ley 25239 siguen vigentes. Lo que va a cambiar sera el monto de los aportes y contribuciones. Esto de los 100 pesos de la obra social se agregará luego lo que corresponda incorporar por la contribucion del empleador por asigancion por maternidad y seguro de riesgos del trabajo. O sea que ahora, sera mas caro todavia.
Por medio de la nueva resolucion que acabo de subir, AFIP ya esta implementando el sistema de registracion de los empleadores. Segun esta normativa, entrará en vigencia el 01/06/2013.
 #955198  por MARIO1943
 
arandu2 escribió:La clasificacion de las categorias por horas de la ley 25239 siguen vigentes. Lo que va a cambiar sera el monto de los aportes y contribuciones. Esto de los 100 pesos de la obra social se agregará luego lo que corresponda incorporar por la contribucion del empleador por asigancion por maternidad y seguro de riesgos del trabajo. O sea que ahora, sera mas caro todavia.
Por medio de la nueva resolucion que acabo de subir, AFIP ya esta implementando el sistema de registracion de los empleadores. Segun esta normativa, entrará en vigencia el 01/06/2013.
SERA MAS CARO A PARTIR DEL 1/06/2013, PERO LO ANTERIOR TIENE QUE SEGUIR COMO HASTA AHORA,HASTA AGOTAR EL MISMO, YA QUE A PARTIR DEL 01/06/2013 DESAPARECE EL SDM, DONDE VAMOS A ENCONTRAR UN DADOR QUE CUMPLA CON TODAS LAS EXIGENCIAS SIMILAR A LEY DE CONTRATO DE TRABAJO
 #955387  por NORMA
 
MARIO1943 escribió:
MARIO1943 escribió:
NORMA escribió:Gracias,Fabidoc !!!Ariel,por què $ 135? y hasta 12 hs,cuànto se pagarà ?Gracias !!!
EN EL DE 12 HS. SOLO CAMBIA LA PARTE DE ADHERENTES A LA O. SOCIAL QUE ES VOLUNTARIO DE $ 60 PASA A $ 100
TAMBIEN CAMBIA LA DEL TITULAR QUE DE $ 52 PASA A $ 92
MARIO:Muchas gracias por tu respuesta.!Los que pagaban $ 43 ( $20+$23),cuànto deben abonar?
 #955422  por tincho_20
 
MARIO1943 escribió:
arandu2 escribió:La clasificacion de las categorias por horas de la ley 25239 siguen vigentes. Lo que va a cambiar sera el monto de los aportes y contribuciones. Esto de los 100 pesos de la obra social se agregará luego lo que corresponda incorporar por la contribucion del empleador por asigancion por maternidad y seguro de riesgos del trabajo. O sea que ahora, sera mas caro todavia.
Por medio de la nueva resolucion que acabo de subir, AFIP ya esta implementando el sistema de registracion de los empleadores. Segun esta normativa, entrará en vigencia el 01/06/2013.
SERA MAS CARO A PARTIR DEL 1/06/2013, PERO LO ANTERIOR TIENE QUE SEGUIR COMO HASTA AHORA,HASTA AGOTAR EL MISMO, YA QUE A PARTIR DEL 01/06/2013 DESAPARECE EL SDM, DONDE VAMOS A ENCONTRAR UN DADOR QUE CUMPLA CON TODAS LAS EXIGENCIAS SIMILAR A LEY DE CONTRATO DE TRABAJO
Ojo hay que ver que circular saca anses con respecto a este tema.
 #955506  por EstudioJuridicoSOSA
 
Pregunto: saben cual es el criterio de la C. A. R. S . S. sobre SDM extemporaneo y con resolución de UDAI delegada? Gracias
 #955560  por fabidoc
 
arielruiz86 escribió:Osea que el form 102 a partir del mes que viene (Mayo del 2013) por el tramo de 16 hs o mas sera de $135 en vez de los $95 actual, form que la Afip actualizará proximamente.
Exactamente es la única modificación y para ese tramo de trabajadores, en RRDD.- El aporte previsional sigue en 35pesos.-Todo ello hasta que entren en vigencia las modificaciones que todavía no están reglamentadas.