Holas! tengo una consulta sobre matrimonios celebrados en el exterior...tengo un cliente( divorciado con sentencia de divorcio 25/08/1987 por casamiento celebrado en argentina) , habiéndose casado en Bolivia el 28/02/1987 con una mujer (divorciada cuya sentencia de divorcio fue 30/11/1987 por casamiento celebrado en argentina).Pregunta:
1) se que por aplicación del 1306 la sentencia de divorcio, tiene efectos retroactivos al día de la presentación o de la notificación de la demanda, pero en ninguna de las dos sentencias tengo esa fecha, de todas formas el matrimonio celebrado entre ambos no seria valido, no?
2) estos dos últimos celebraron un contrato de compraventa en el año 01/2002, este sera nulo de nulidad absoluta por la prohibición del 1358 del C.C.?
MI PREGUNTA ES, SI SOLICITO LA NULIDAD DEL MATRIMONIO ( con B.FE DE MI CLIENTE PARA QUE SE CONSOLIDEN LOS EFECTOS DEL MATRIMONIO PARA ESTE?) , QUEDARÍA CON VALIDEZ LA COMPRAVENTA DE AMBOS ?
O ME CONVIENE HACER EL MATRIMONIO Y SOLICITAR LA NULIDAD DE LA COMPRAVENTA POR LA PROHIBICIÓN, ( NOTA: la compraventa es sobre la casa en discusión, que actualmente la tiene la mujer porq solicito la exclusión del hogar conyugal, con la casa a su nombre por la venta realizada por el marido)Sin dejar de lado que existe una causa penal iniciada por lesiones leves agravadas por el vinculo( cosa que si hago caer el matrimonio también influye en la causa penal no?)
SE ENTIENDE ?? el que pueda opinar sobre lo mas conveniente se lo agradezco mucho!
1) se que por aplicación del 1306 la sentencia de divorcio, tiene efectos retroactivos al día de la presentación o de la notificación de la demanda, pero en ninguna de las dos sentencias tengo esa fecha, de todas formas el matrimonio celebrado entre ambos no seria valido, no?
2) estos dos últimos celebraron un contrato de compraventa en el año 01/2002, este sera nulo de nulidad absoluta por la prohibición del 1358 del C.C.?
MI PREGUNTA ES, SI SOLICITO LA NULIDAD DEL MATRIMONIO ( con B.FE DE MI CLIENTE PARA QUE SE CONSOLIDEN LOS EFECTOS DEL MATRIMONIO PARA ESTE?) , QUEDARÍA CON VALIDEZ LA COMPRAVENTA DE AMBOS ?
O ME CONVIENE HACER EL MATRIMONIO Y SOLICITAR LA NULIDAD DE LA COMPRAVENTA POR LA PROHIBICIÓN, ( NOTA: la compraventa es sobre la casa en discusión, que actualmente la tiene la mujer porq solicito la exclusión del hogar conyugal, con la casa a su nombre por la venta realizada por el marido)Sin dejar de lado que existe una causa penal iniciada por lesiones leves agravadas por el vinculo( cosa que si hago caer el matrimonio también influye en la causa penal no?)
SE ENTIENDE ?? el que pueda opinar sobre lo mas conveniente se lo agradezco mucho!