YO creo que si fuera vos iría solamente por la LCT y ART.
Tenes sumamente simplificado el tema probatorio.
Y no es mala plata. Aun estando en negro el trabajador, puede que el empleador teniendo otros empleados, si esté afiliado a una ART por lo cual la ART te va a pagar, y despues se las va a arreglar con la empresa.
Además si murio del corazón, por más que haya sido en ocasion de un robo, va a ir dificil.
Tene en cuenta que no esta claro el tema de la responsabilidad de la empresa (objetiva, subjetiva, deber de seguridad??). No sea cosa que por eso se embarquen en un juicio muy importante y termine dilatandose demasiado y terminan luego arreglando por menos.
No se, me parece. Yo estoy reservando los reclamos a la empresa para los casos donde el trabajo fue la causa de la muerte en le sentido de falta de medidas de seguridad. En accidentes in itinere, por ejemplo, no me meto por el empleado. Y los voy defendiendo bien en el que estoy por la empleadora, al punto de que en los arreglos que hice, este tema no entró en la planilla conciliatoria. Asi que soy de la idea de mantener las pretensiones en niveles normales, más cuando hay necesidad por el trabajador.
Eso si, estoy convencida que seguiré pobre
Espero te sirva la opinion.
Saludos!!