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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #955821  por Graciela Perez
 
Hola, mi cliente esta trabajando actualmente en una empresa como operario de la construcción, pido en ANSES la sabana de aportes, y no veo nada distinto a lo de cualquier otro trabajador, es decir, pensaba que salía en la sabana el codigo de insalubridad pero no.... Que debo presentar en ANSES para el inicio y para tomar esos períodos como insalubres?

Gracias a quien pueda ayudarme....
 #955823  por monicbea
 
tiene certificaciòn de servicios,donde se aclare el caràcter diferenciado de esos servicios? Porque esa serìa tu herramienta para probarlo.
 #955824  por andredark
 
no mirá, todo lo que es despues del 07/1994 no te va a salir. Si el hombre está trabajando podes pedir la Certificación de Servicios, o tal vez tenga la libreta del Ieric.
 #955845  por Graciela Perez
 
andredark escribió:NO, no es necesario. Pero ya tendrias que contar con 30 años de aportes y 65 de edad. Tene en cuenta eso-
Si.... los 65 los tiene este mes, y moratoria hay que hacerle de todas formas, tal vez quiera seguir trabajando, entonces no les tomaría los años como insalubres, no se, lo hablaría con el..... estoy en lo cierto no?????
 #980264  por dhabogada
 
colegas me entrometo en el post con unas dudas: 1- si reuno 65 de edad y 30 años de aportes y mi cliente pretende seguir trabajando no hago menciòn de que los aportes son de contrucción?? de lo contrario tendrìa que dejar de trabajar??
2- Hay diferencia entre el haber de un jubilado comun y uno de construcciòn??
 #980295  por mmendoza
 
dhabogada..si queres que siga trabajando y el señor tiene 65 años y 30 de aportes...los tomas como aportes comunes a lo de la construccion..asi puede seguir en actividad.
El haber jubilatorio no se afecta entiendo poruqe no es que por ser diferencial el servicio le paguen mas.
espero que te haya ayudado.
 #980296  por mmendoza
 
dhabogada..si queres que siga trabajando y el señor tiene 65 años y 30 de aportes...los tomas como aportes comunes a lo de la construccion..asi puede seguir en actividad.
El haber jubilatorio no se afecta entiendo poruqe no es que por ser diferencial el servicio le paguen mas.
espero que te haya ayudado.