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  • ayuda mandamiento embargo acordada 3397

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 #955988  por aquintana
 
hola colegas..inicie un ejecutivo en provincia (depto de quilmes ) y me corrigieron el mandamiento de intimaCIon de pago solicitándome se ajuste al anexo iii de la acordada 3397 2008. sinceramente no se como completar algunos campos.. necesito que alguien especialista en ejecutivos me asesore al respecto.. :roll: ..
el auto que ordena la medida dice:
Por presentado, parte y con el domicilio procesal constituido tiénese al peticionante xxxx(Art. 40 del rito).Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 521 y 529 del C.P.C.C., líbrese mandamiento de ejecución y embargo contra el/los ejecutado/s por la suma de PESOS TRES MIL CON 0/100 ($3.000,00) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL QUINIENTOS CON 0/100 ($1.500,00) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas. La intimación de pago importará: la citación para oponer excepciones dentro del plazo de 5 días, bajo apercibimiento de mandarse llevar la ejecución adelante (Art. 540 del ritual); el emplazamiento para la constitución en ese plazo de domicilio procesal dentro del perímetro del radio del Juzgado, en los términos del Art.41 del texto legal citado. Resérvese en la caja de seguridad del juzgado y en paquete chico, la documentación obrante a fs. 2/4.A la medida solicitada: Por las sumas consignadas precedentemente, y bajo la expresa responsabilidad de la parte actora, decretase el embargo requerido, a cuyo fin, PREVIA CAUCIÓN JURATORIA líbrese el pertinente oficio. Todo ello siempre por la parte correspondiente al demandado. Fecho, notifíquese. (Art. 135, 198, 199, 209 y ccs. del digesto).Téngase presente las autorizaciones conferidas. Cúmplase con leyes 8480, 10268, art. 292 del Cód. Fiscal y con ley 8455”


no se como completar los campos:
facultades del oficial de justicia:...
Nombres y facultades de los autorizados y Auxiliares de la Justicia

y no se si los campos del principio quisiera saber si están bien completitos..
Órgano: JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL
Juzgado Interviniente: JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 5. DTO JUDICIAL QUILMES
Dirección: Alvear 465/69
Juzgado/Tribunal: JUZGADO
Tipo de diligencia: MANDAMIENTO DE INTIMACIÓN DE PAGO EMBARGO Y CITACIÓN DE REMATE


POR FAVOR AYUDAAAAAA...
 #956432  por ale532
 
NO SOY EXPERTA EN EJECUCIONES, pero:

facultades del oficial de justicia:... o no ponés nada (es decir "---") o ponés "facultades de práctica", ya que no salió ordenada ninguna fac. especial en el proveido
Nombres y facultades de los autorizados y Auxiliares de la Justicia ponés tu nombre y/o autorizás a alguien más, y ponés "autorizados a correr con el diligenciamiento" o alguna frese x el estilo...

y no se si los campos del principio quisiera saber si están bien completitos..
Órgano: JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 5. DTO JUDICIAL QUILMES
Juzgado Interviniente: JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 5. DTO JUDICIAL QUILMES
Dirección: Alvear 465/69 en dirección debería ir el domicilio a donde se dirige el mandamiento (pero estoy medio perdida con lo que copiás :oops: )
Juzgado/Tribunal: JUZGADO cuántas veces te hace poner el juzgado?? :lol:
Tipo de diligencia: MANDAMIENTO DE INTIMACIÓN


En el "cuerpo" del mandamiento transcribís la parte que dice Por presentado, parte y con el domicilio procesal constituido tiénese al peticionante xxxx(Art. 40 del rito).Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 521 y 529 del C.P.C.C., líbrese mandamiento de ejecución y embargo contra el/los ejecutado/s por la suma de PESOS TRES MIL CON 0/100 ($3.000,00) en concepto de capital, más la de PESOS UN MIL QUINIENTOS CON 0/100 ($1.500,00) que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas. La intimación de pago importará: la citación para oponer excepciones dentro del plazo de 5 días, bajo apercibimiento de mandarse llevar la ejecución adelante (Art. 540 del ritual); el emplazamiento para la constitución en ese plazo de domicilio procesal dentro del perímetro del radio del Juzgado, en los términos del Art.41 del texto legal citado.


Y adjuntás copia de demanda y de la doc.

Después, una vez trabada la medida que solicitaste (embargo), lo notificás mediante cédula.

*suerte*
 #956457  por aquintana
 
muchas gracias.. lo mando como me decis... no se cuantas veces me hacen poner el juzgado me tienen hartaaaaa. jjajaja.. cuando era por oficio ley era mas sencillo.. aca decs lo mismo cien veces...

sos una grosa! gracia por *abrazo* *suerte* responder