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  • Acción declarativa o nuevo divorcio?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #954685  por docmarce
 
Buenas a todos, quisiera conocer su opinión acerca de un tema que me han acercado, y que tengo que tenerlo listo para el jueves 2 de mayo!!
El asunto es así: mi clienta se casó en Argentina, con un japonés, y se fue a vivir a Japón. Allí, luego de unos años, se divorciaron, ante el Intendente de la localidad donde vivían. Así se hace en Japón, los divorcios se firman ante un funcionario público, y se emite un certificado de divorcio, que no es una sentencia; incluso, en ese certificado, figura la nueva boda de su excónyuge.
La pregunta es, quiero inscribir ese divorcio en Argentina, ya intenté con un exequátur, pero no me hicieron lugar, porque el certificado de divorcio no es una sentencia judicial. ¿Qué puedo hacer? A mí se me había ocurrido una acción declarativa, pero no sé si servirá. Si así fuera, ¿alguien tendrá un modelo para darme?
Y sino, no sé qué hacer, podría intentar pidiendo nuevamente el divorcio, no?

Desde ya les estoy enormemente agradecida!!!
 #955081  por Pato272727
 
No pediría nuevo divorcio. Es como reconocer que sigue casada y está divorciada. La disolución del vínculo se rige por la ley del último domicilio. Tenes que acreeditar en el registro que la ley japonesa los divorció y que ese era su último domicilio. ¿Información sumaria? Buscá en ley de registro civil o pregunta en el registro civil.
 #956175  por docmarce
 
Pato272727 escribió:No pediría nuevo divorcio. Es como reconocer que sigue casada y está divorciada. La disolución del vínculo se rige por la ley del último domicilio. Tenes que acreeditar en el registro que la ley japonesa los divorció y que ese era su último domicilio. ¿Información sumaria? Buscá en ley de registro civil o pregunta en el registro civil.
Muchas gracias, Pato!!!!!