Hola una pregunta, los trabajadores de las cooperativs de trabajos o mejor dichos las empresas de eguridad que se hacen pasar por cooperativas de trabajo los empleados son directos de ellos o tiene un regimen especial, ? tengo esa duda, alguie me la puede despejar muchas gracias
Beto escribió:Hola una pregunta, los trabajadores de las cooperativs de trabajos o mejor dichos las empresas de eguridad que se hacen pasar por cooperativas de trabajo los empleados son directos de ellos o tiene un regimen especial, ? tengo esa duda, alguie me la puede despejar muchas gracias
En donde estas? Mirá el cct 422/05
ARTÍCULO 13° - PROHIBICIÓN - EXIGENCIA DE DOCUMENTACIÓN
Las partes intervinientes acuerdan conforme la normativa vigente en la materia la prohibición de
actuación de las cooperativas de trabajo en la contratación de personal de vigilancia, seguridad
comercial, seguridad industrial, investigaciones privadas y custodios de transporte de caudales,
,De violarse esta normativa serán directamente responsables de las obligaciones laborales las
empresas contratantes del servicios .
Asimismo se conviene que además de la documentación laboral a que están obligadas las
empresas a tener un registro de empresas usuarias a la que prestan servicios con el detalle de los
trabajadores que allí se asignen.-
----Ahora si, andá a pretender aplicarle este convenio a una empresa que no lo firmo, como un banco por ejemplo----
En las cooperativas no hay empleados, sino asociados. Depende de cual sea el lugar donde presta tareas, puede ser responsable solidario quien contrata los servicios de seguridad (como un banco, o un country, donde la seguridad forma parte de la actividad principal de la contratante o subcontratante)