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  • ELEVACION A CAMARA

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 #956215  por amg
 
En una reivindicación de Pcia, apele la forma en que se impusieron las costa, me lo concedienron en relación y con efecto diferido, como había fundado en primera instancia me hicieron retirar el escrito.
El juzgado no mando el expediente a Camara, pido se eleve a Camara? hay una reconvención por escrituración que aún no esta resuelta, puede que por eso no lo hayan mandado a Camara?
 #956225  por MARCOSABOGADO
 
Tenés que leer bien el efecto "DIFERIDO", significa que tenés que fundar la apelación junto con la sentencia definitiva, cuando haya sentencia definitiva, y apeles esa sentencia, ahí recién el expte se eleva a la cámara, mientras tanto el expte no se eleva porque sigue tramitando en primera instancia. Ojo! que si apelas la sentencia definitiva y te olvidas de fundar esta resolución, esta ultima queda firme… En el C.P.C.C.N es el art 260
Saludos!
 #956264  por amg
 
Gracias por tu respuesta. Me confunde esta situación porque la demanda tuvo sentencia definitiva donde se impusieron las costas que yo apele, el tema es que hay una reconvención que es la que aún no esta resuelta.
Tengo que fundar en cámara cuando este la sentencia de esta última?
 #956353  por MARCOSABOGADO
 
Cuando la apelación es concedida con efecto diferido su tramitación y consiguiente resolución queda condicionada a la formulación de otro recurso de apelación que puede ser interpuesto contra la sentencia o el auto que pone fin al proceso en la instancia inicial. Por lo tanto devendrá en ineficaz la apelación diferida cuando no existe apelación de la decisión final.

De todas maneras escucha otras opiniones, esto que te digo es doctrina, puede haber otra doctrina que opine lo contrario

saludos!
 #956502  por amg
 
No me queda muy claro, pues no entiendo como entonces se apelan honorarios por altos o por bajos, independientemente de la sentencia que los origino.
Yo apele la forma en que se impusieron las costas, por lo que me decis cuando este regulados honorarios, si o si tengo que apelarlos?
 #956593  por MARCOSABOGADO
 
Los honorarios forman parte de la sentencia, ahora vos podes apelar todo o simplemente lo que te causa agravio en este caso la regulación de honorarios. Generalmente los honorarios siempre se apelan.

Saludos