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  • aplica al art 1 ley 25323 a la no registracion 92 ter??

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #955972  por NINAIUS
 
buen dia a todos me surge una duda y no encontre jurisprudencia aun al caso, agradezco las oponiones
el art 1 ley 25323 se aplica cuando no roto el vinculo lo existio una registracion o fue deficiente la declarada para duplicar al art 245lct
mi duda surge en mi caso voy a reclamar dif salariales pues la jornada de trabajo excedia las 2/3 partes de la jornada habitual de la actividad por esta falata de registracion segun art 92 ter
alguien sabe si puedo intimar y solicitar la aplicacion del art 1 25323????
hay jurisprudencia aplicable???

Espero sus comentarios pues la duda me carcome jajaja
y excelente finde

Ninaius *flor*
 #955973  por NINAIUS
 
NINAIUS escribió:buen dia a todos me surge una duda y no encontre jurisprudencia aun al caso, agradezco las oponiones
el art 1 ley 25323 se aplica cuando ******no roto el vinculo lo existio una registracion o fue deficiente la declarada para duplicar al art 245lct
mi duda surge en mi caso voy a reclamar dif salariales pues la jornada de trabajo excedia las 2/3 partes de la jornada habitual de la actividad por esta falata de registracion segun art 92 ter
alguien sabe si puedo intimar y solicitar la aplicacion del art 1 25323????
hay jurisprudencia aplicable???

Espero sus comentarios pues la duda me carcome jajaja
y excelente finde

Ninaius *flor*
*****FE DE ERRATAS QUISE ESCRIBIR QUE PUEDO RECLMAR POR EL ART 1 LEY 25323 CUANDO NO ABIENDO REGISTRACION Y YA ROTO EL VINCULO
SON COMPATIBLES RECLAMAR 92 TER Y ART 1 LEY 25323????

AHORA HABIENDOME EXPRESADO BIEN ESPERO AYUDA
CARIÑOS

NINAIUS
 #955976  por eltam88
 
Si al momento del despido hay deficiente registración se aplica el 1, es decir si nunca subsanaron la misma.

ÚLTIMAMENTE O NO ENTIENDO QUE QUIEREN PREGUNTAR O SE HACEN DEMASIADOS LÍOS EN LAS PREGUNTAS.
 #956010  por ods
 
De todas formas creo que si estas reclamando diferencias salariales no hay registración deficiente. Creo que a lo que se refiere el art. 1 de la ley 25.323 es a pagos en negro o falsa fecha de ingreso.
Las diferencias salariales las tomo como una deuda.
Igualmente espera otras opiniones de los que mas saben
 #956063  por eltam88
 
ods escribió:De todas formas creo que si estas reclamando diferencias salariales no hay registración deficiente. Creo que a lo que se refiere el art. 1 de la ley 25.323 es a pagos en negro o falsa fecha de ingreso.
Las diferencias salariales las tomo como una deuda.
Igualmente espera otras opiniones de los que mas saben
SI HAY DESPIDO Y HAY DIFERENCIAS SALARIALES CORRESPONDE EL 1 25323. ESA SERÍA LA INTERPRETACIÓN MÁS BENEFICIOSA DE ESE ARTÍCULO.

ALGUNOS COMO DICE ODS, SOLO HACEN APLICABLE EL 1 PARA LOS MISMOS SUPUESTOS QUE LA 24013 PERO CLARO ESTÁ QUE PARA CUANDO EL VÍNCULO YA SE EXTINGUIÓ.

YO LA PIDO SIEMPRE A LA DEL 1 Y DONDE LITIGO LA DAN PARA ESTOS SUPUESTOS.
 #956155  por ods
 
eltam88 escribió:
ods escribió:De todas formas creo que si estas reclamando diferencias salariales no hay registración deficiente. Creo que a lo que se refiere el art. 1 de la ley 25.323 es a pagos en negro o falsa fecha de ingreso.
Las diferencias salariales las tomo como una deuda.
Igualmente espera otras opiniones de los que mas saben
SI HAY DESPIDO Y HAY DIFERENCIAS SALARIALES CORRESPONDE EL 1 25323. ESA SERÍA LA INTERPRETACIÓN MÁS BENEFICIOSA DE ESE ARTÍCULO.

ALGUNOS COMO DICE ODS, SOLO HACEN APLICABLE EL 1 PARA LOS MISMOS SUPUESTOS QUE LA 24013 PERO CLARO ESTÁ QUE PARA CUANDO EL VÍNCULO YA SE EXTINGUIÓ.

YO LA PIDO SIEMPRE A LA DEL 1 Y DONDE LITIGO LA DAN PARA ESTOS SUPUESTOS.
Te referis a los supuestos de diferencias salariales? No se me hubiera ocurrido
 #956565  por NINAIUS
 
eltam88 escribió:
ods escribió:De todas formas creo que si estas reclamando diferencias salariales no hay registración deficiente. Creo que a lo que se refiere el art. 1 de la ley 25.323 es a pagos en negro o falsa fecha de ingreso.
Las diferencias salariales las tomo como una deuda.
Igualmente espera otras opiniones de los que mas saben
SI HAY DESPIDO Y HAY DIFERENCIAS SALARIALES CORRESPONDE EL 1 25323. ESA SERÍA LA INTERPRETACIÓN MÁS BENEFICIOSA DE ESE ARTÍCULO.

ALGUNOS COMO DICE ODS, SOLO HACEN APLICABLE EL 1 PARA LOS MISMOS SUPUESTOS QUE LA 24013 PERO CLARO ESTÁ QUE PARA CUANDO EL VÍNCULO YA SE EXTINGUIÓ.

YO LA PIDO SIEMPRE A LA DEL 1 Y DONDE LITIGO LA DAN PARA ESTOS SUPUESTOS.
Hola a ambos, gracias por aportar la experiencia,
entiendo que la interpretacion mas amplia me avalaria a solicitar su aplicacion, y como dice uno de Uds. voy a pedirla
podrian decirme como lo provee el tribunal??? es de aplicacion directa verdad? es decir operativa sin intimacion previa
tienen algun fallo relativo al tema para leer?
pido disculpas por mis horrores de ortografia....fue mi acelere escribi tan rapido que no preste atencion

Saludos a ambos son muy amables

Ninaius
 #956574  por eltam88
 
NINAIUS escribió:
eltam88 escribió:
ods escribió:De todas formas creo que si estas reclamando diferencias salariales no hay registración deficiente. Creo que a lo que se refiere el art. 1 de la ley 25.323 es a pagos en negro o falsa fecha de ingreso.
Las diferencias salariales las tomo como una deuda.
Igualmente espera otras opiniones de los que mas saben
SI HAY DESPIDO Y HAY DIFERENCIAS SALARIALES CORRESPONDE EL 1 25323. ESA SERÍA LA INTERPRETACIÓN MÁS BENEFICIOSA DE ESE ARTÍCULO.

ALGUNOS COMO DICE ODS, SOLO HACEN APLICABLE EL 1 PARA LOS MISMOS SUPUESTOS QUE LA 24013 PERO CLARO ESTÁ QUE PARA CUANDO EL VÍNCULO YA SE EXTINGUIÓ.

YO LA PIDO SIEMPRE A LA DEL 1 Y DONDE LITIGO LA DAN PARA ESTOS SUPUESTOS.
Hola a ambos, gracias por aportar la experiencia,
entiendo que la interpretacion mas amplia me avalaria a solicitar su aplicacion, y como dice uno de Uds. voy a pedirla
podrian decirme como lo provee el tribunal??? es de aplicacion directa verdad? es decir operativa sin intimacion previa
tienen algun fallo relativo al tema para leer?
pido disculpas por mis horrores de ortografia....fue mi acelere escribi tan rapido que no preste atencion

Saludos a ambos son muy amables

Ninaius
No necesitas intimación previa. El artículo es claro. No te gastes en agregar JURISPRUDENCIA. Se concreta con lo que queres, los jueces tienen mucho para resolver, cuánto más clara la demanda mejor.
 #956590  por mariodaniel
 
hola! tampoco entendi bien, pero bue! obviamente todo depende de si hiciste bien el intercambio epistolar. Si reclamas diferencias salariales e intimas la debida registracion por haberse registrado al trabajador con menos horas de trabajo de las que efectivamente trabajaba, entonces a mi entender SI seria viable tanto las diferencias salariales (como rubro salarial) y la indemnizac del art. 1 de ley 25323 por registración erronea (como rubro indemnizatorio). Incluso se puede reclamar el art 2 de ley 25323 siempre que lo invoques en el telegrama obrero por obligarte a concurrir a instancias administrativas o judiciales.-
Entre aplicar la 24013 y la 25323, en la practica se usa más la segunda por ser de aplicacion mas sencilla que la 24013 que requiere notificaciones a la AFIP.- Ademas, conviene mas la 25323, en la cual se entiende que se reclamo estando vigente el vinculo laboral (por eso en telegramas obreros se coloca la leyenda: "atento negativa de trabajo en forma injustificada por la patronal...").-
Igual, si estas aun en etapa de comunicaciones postales denucnia el cumplimiento de mayores horas que las que supuestamente estan registradas y alli ya tenes pa reclamar diferencias salariales, apercibiendo el pago por 48 hs.- Al mismo tiempo pedi registracion en virtud de arts 8,9, 11, 15 de ley 24013 x 30 dias, consignando todos los datos del trabajador: fecha real de ingreso, dias de trabajo, horas de trabajo, sueldo cobrado y sueldo real real segun CCT, todo bajo apercibimiento de injuria patronal y autodespido (intimas x 24013, aunke posteriormente en demanda reclames indemniz de 25323 x ser de aplicacion mas conveniente
 #956675  por GU
 
La 25323 comprende cualquier tipo de defecto de registracion, asi lo establece cuando de manera generica dice "cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no esté registrada o lo esté de modo deficiente". No hay enunciacion de los supuestos en los que procede, como si existen en la 24013, que expresamente establece los 3 supuestos en los que procede (falta de registracion, falsa fecha de ingreso, o remunaracion registrada menor a la percibida).

La diferencia fundamental esta en el tercer supuesto de la 24013 que se establece entre lo registrado y lo percibido. Entonces por ello, no puede aplicarse este supuesto a las diferencias salariales, que no fueron percibidas sino devengadas.

En cambio, en la 25323, se habla de registrado de modo deficiente. Al hablar en terminos generales, contempla aquello que fue devengado y no se encuentra registrado, incluyendo de esta manera a las diferencias salariales (que si reconocemos posteriormente su procedencia, estamos reconociendo la registracion defectuosa porque dichas diferencias debieron estar registradas).

En fin, para mi si procede la 25323 por las diferencias salariales producto del 92 ter.
mariodaniel escribió:Entre aplicar la 24013 y la 25323, en la practica se usa más la segunda por ser de aplicacion mas sencilla que la 24013 que requiere notificaciones a la AFIP.- Ademas, conviene mas la 25323, en la cual se entiende que se reclamo estando vigente el vinculo laboral (por eso en telegramas obreros se coloca la leyenda: "atento negativa de trabajo en forma injustificada por la patronal...").-
Yo diria casi todo exactamente al reves.

Salutes!