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  • Devuelve Cedula,¿que significa?

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 #957426  por JuanMR85
 
Disculpen la consulta, pero hay un proveido que dice: devuelta la cedula se proveera. ¿que significa?
 #957430  por yaninap
 
Que hay que acompañar diligenciada la cédula (ejemplo si diste traslado de la demanda, y la demandada contestó, te provee que devuelta la cédula se proveerá, entonces el actor acompaña la cédula diligenciada y ahí recién el Juzgado tiene por contestada la demanda).
 #957526  por JuanMR85
 
Muchas Gracias! Pero en este caso esta parte se presenta sin habersele mandado cedula. Es la compañia aseguradora de una obra social. Contesta un traslado de testimonios cuando se le notifica al representate legal de la obra social. Se presenta la obra social, pero tambien se presenta su aseguradora sin haber sido notificada por cedula.
¿Debo notificarle por cedula y agregarla al expediente, no?.
 #957717  por KarinaDus
 
Exactamente, cuando la cédula sea devuelta al juzgado y la agreguen en el expediente, vas a tener que peticionar que se provea el escrito de tu cliente (de oficio no lo van a proveer ni que lo sueñes!)
 #957993  por abogacia2012
 
Creo que hasta no es necesario enviar cédula porque ya se notificaron y se presentaron. El juzgado creo que se les envió cédula y que no volvió. Hay que presentar un escrito diciendo que Habiéndose notificado, presentado y .....prevéase lo de fojas.... *suerte*