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  • PROBLEMAS CON NOTIFICACIÓN DE DEMANDA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #958093  por beatrizgonzalez
 
ESTIMADOS:
HACE DOS AÑOS QUE ESTOY TRATANDO DE NOTIFICAR UNA DEMANDA LABORAL,TRABAJO NO REGISTRADO Y LOS EMPLEADORES SON DOS LOS SOCIOS DE HECHO.
UNO CONTESTA Y AL OTRO NO SE LO PUEDE NOTIFICAR , CAMBIA DE DOMICILIO CONSTANTEMENTE POR EL OFICIO A CÁMARA ELECTORAL NOTIFICAMOS BAJO RESPONSABILIDAD, PERO POR INFORMANTES NOS ENTERAMOS QUE EN CUANTO SE INFORMA QUE DESCUBRIMOS EL NUEVO DOMICILIO VA A ESTOS MÓVILES Y LO CAMBIA - POR LO QUE DE SEGUIR CON ESA DEMANDA NOTIFICADA BAJO RESPONSABILIDAD , EL VA HA PEDIR LA NULIDAD...EL TEMA ES QUE CONFIRMAMOS POR EL PADRÓN LA VERDAD DE LOS DICHOS DE NUESTRO INFORMANTE.....QUE HACER PUES EL SIGUE EL EXPEDIENTE POR LA MEV.........EL TEMA QUE ES EL SOCIO SOLVENTE...EL COMERCIO NO EXISTE MAS......Y EL QUE RESPONDIÓ TIENE UN SOLO INMUEBLE Y COMO BIEN DE FAMILIA.....QUE HACER???????????????????????????????'DESDE YA MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS.-
 #958189  por CAMILA16
 
Mira a mi me esta pasando algo igual en una demanda capital, yo pedi ahora notificar bajo responsabilidad y pienso seguir con la demanda, hace eso, lo notificas bajo responsabilidad y listo, con el que no tiene nada bueno algún dia algo se va comprar o va tener cuenta bancaria y ya va tener una sentencia en su contra, podes embargarle. sdos
 #958210  por Payasito
 
Si fueron varios intentos negativos, podrías plantear que desconocer el dclio y pediria que se lo haga citar por edictos....

Saludos.
 #958211  por gusgus
 
una opción es la de payasito....

otra es seguir con la notificación bajo responsabilidad de parte y asumir el riesgo...

es decir...

que alternativa te queda??? estar asi sin poder avanzar o avanzar y que si te plantea nulidad ya lo tenes en el expediente???

decisiones, como siempre, deberas pensarlas...

la ventaja es que no cargaras costas por ser proceso laboral
 #958230  por adessoma
 
Hola, beatrizgonzalez: Quizás yo tengo una opinión más volcada hacia la notificación bajo responsabilidad. Sin embargo, deberías oficiar al Registro Nacional de las Personas, ya que el domicilio informado por la Cámara Electoral no es idóneo para notificar una demanda si es que no coincide con el del primero Organismo.
Segundo, tené presente que para que el tipo se exima de quedar notificado, el cambio de domicilio debería haberlo hecho posteriormente al traslado de la demanda ya que sus efectos no se proyectan hacia un intento de notificación anterior; dicho en otras palabras, el cambio de domicilio no es retroactivo.
Un colega que fue compañero mío con Ackerman, hizo algo genial: Averiguó que el demandado tenía cuenta en el banco Francés; acordó con el oficial notificador el día en que iban a ir juntos; el abogado (bicho y con mucha calle) toca el timbre y se hace pasar por empelado del banco Francés diciendo que le venía a entregar la reposición de la tarjeta, y cuando el demandado abre la puerta, sorpresa...a un costado estaba el oficial al lado que lo notificó en ese acto. Un genio el tipo.
 #958483  por CAMILA16
 
Eso no pasa siempre, pero se puede planear otra estrategia. En mi caso para notificar tuve que investigar primero si tuvo otro juicio, despues fui a ver en el expediente el domiclio actualizado en mi caso era de octubre del año pasado, mande la notificación ahi. Pero en cuanto a los solidario que es una sociedad y el gerente lo voy a notificar bajo responsabilidad. suerte
 #987152  por beatrizgonzalez
 
Hola estimados colegas :
Me plantearon la nulidad-pues me maneje con la cámara electoral y notifique bajo responsabilidad-se decreto la rebeldía y apareció en padrón un nuevo domicilio al que notifique la rebeldía -pide el demandado la nulidad con costas y mucha prueba yo tengo que allanarme y quiero solicitar no se impongan costas al trabajador .- como defiendo ese tema busco jurisprudencia y no encuentro nada una ayuda por favor una ayuda .-
 #987225  por adessoma
 
Ay ay ay, Beatriz. Estos son los caso en yo podría decir "te lo dije, eh!", porque deberías haber oficiado al Registro Nacional de las Personas, pero no serviría de nada. Una cosa que puede ayudarte es qué manifiesta el demandado acerca de cómo se notificó. El cambio en el padrón fue posterior a la respuesta del oficio dirigido a la Cámara Electoral?
Otro punto que no surge de tu comentario es si el demandado se limitó a plantear la nulidad o si, además, contestó demanda en subsidio.
Atte:
Adrian Dessomanzi
 #987821  por beatrizgonzalez
 
Hola a tu pregunta no contesto demanda ,planteo la nulidad presento prueba testimonial, contratos de alquiler , comprobante de la Policia federal y pidió suspensión de términos y que oportunamente se corra traslado.....por lo que presente el escrito me allane ,solicite que no se impusieran costa a la actor toda vez que no se produjo daño y que la notificación de la rebeldía en cuanto esta parte se informo del nuevo domicilio por el padrón y de la pagina de AFIP le fue notificado alli lo que le dio la oportunidad al que el demandado plantear su defensa, y que se le corriera traslado de la demanda al domicilio que el denuncia. También manifesté que extrajudicialmente seguía todos los pasos del proceso porque la co demandada es la madre que si contesto demanda , que estaba en conocimiento ya que el contesto telegramas y el abogado patrocinante es el mismo .Bueno en otras palabras la cosa fue asi ,uno va aprendiendo a los golpes no????? desde ya te agradezco, la ansiedad hace que se incurra en grandes errores.- gracias nuevamente por estar atento siempre para colaborar.-
 #987876  por gusgus
 
hola!!! yo no creo que hubieras incurrido en "grandes errores", pensa que al tipo ya lo tenes en el proceso.... cosa que si no actuabas como decidiste, seguramente seguias dando vueltas.....

ya esta, tenes la vigencia del pricipio de gratuidad, asi que las costas, te pasan de lado.....

ahora ya podes trabar la Litis debidamente,

ver la parte positiva del tema te ayudara!!!

éxitos!!!
 #987894  por gusgus
 
las costas si no hacen lugar a tus planteos, te las van a imponer....

pero como en el derecho laboral el trabajador tiene beneficio de gratuidad, no son exigibles.....


no lo van a poder ejecutar....

listo, punto.... a seguir el proceso....

y si luego llegas a acuerdo, recordar esas costas y hacer que las asuman
 #987990  por andresxeneizes
 
gusgus escribió:las costas si no hacen lugar a tus planteos, te las van a imponer....

pero como en el derecho laboral el trabajador tiene beneficio de gratuidad, no son exigibles.....
yo entiendo que el beneficio de gratuidad es del proceso no de las costas, pero igual las costas de una incidencia son chirolas