Hola amigos foristas, les quiero hacer una cosulta y desde ya agradezco sus colaboraciones.
Tengo un cliente con regimen diferencial de transportista de carga ley 20740. Tiene varios períodos de autonomos impagos en dicha actividad le puedo aplicar el beneficio de la ley 25321? o por tratarse de servicios diferenciales no puedo aplicar ley 25321 y por ende solicito aplicación del decreto 526/95. Muchas Gracias. Aguardo respuestas.-
Tengo un cliente con regimen diferencial de transportista de carga ley 20740. Tiene varios períodos de autonomos impagos en dicha actividad le puedo aplicar el beneficio de la ley 25321? o por tratarse de servicios diferenciales no puedo aplicar ley 25321 y por ende solicito aplicación del decreto 526/95. Muchas Gracias. Aguardo respuestas.-
