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  • foto multa impugnacion ruta 12 y 14

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #958260  por lea1973
 
Si te llego una foto multa de Entre Rios en las rutas 12 y 14, lo primero que aconsejo es no restarle importancia a la cuestión por considerar que la misma es ilegitima o inconstitucional, por lo tanto, consulte a un abogado. Si bien en la Provincia de Entre Ríos existe jurisprudencia unánime en favor de la inconstitucionalidad de este tipo de multas donde se utiliza el cinemómetro o foto radar, lo cierto es que debe ser previamente declarada por un juez; mientras tanto, es decir, mientra la multa no sea declarada nula judicialmente, la misma goza de legitimidad, pues los actos emanados de la administración o Estado son legítimos, hasta tanto no sean declarados nulos o inconstitucionales por un juez. Nuestra defensa consiste en interponer el recurso de Apelación ante el Juzgado Correccional competente – jurisdicción Gualeguaychu- hoy Tribunal de Juicio y Apelaciones. Lo que se busca con la presentación del recurso de apelación es la revocación de la infracción, por ser claramente inconstitucional, para que la misma quede sin efecto, ya sea el acta, la resolución que dispuso de la sanción, como de cualquier intimación de pago posterior, inclusive, la baja del registro de antecedente de transito ReNAT. No abone la multa y consulte previamente a leandroabogARROBAhotmail.com.ar y/o a mi cel 03446-15523312. consulte la siguiente pagina web www.fotoradarentrerios.com.ar
 #958524  por Tais
 
Hola, me llegaron 2 foto multas de ambas rutas, pero el tema es q yo soy de zona oeste de la provincia de bs as. quiero saber como puedo pedir el cambio de jurisdiccion?
 #958720  por pablo2010
 
Justamente la semana pasada llamaron a un cliente mio por una fotomulta por luces bajas sin encender en la ruta 14, municipio de LA CRUZ (Corrientes) de marzo de 2009. Alguno tiene claro si esto no estaría prescripto? o es un piletazo?. Mi cliente hasta la semana pasada no había sido notificado de nada.
Gracias.
Pablo.
 #958779  por norma1980
 
pero para alguien de Paraná o Crepo, Viale , etc cual sería el competente ,, interponerlo ante el juez civil de su jurisdicción????
 #958781  por norma1980
 
y en los casos de corrientes o cordoba??
No esta cubierto con el descargo? por lo menos si quisieran iniciar un ejecutivo para cobrarlo??
 #958785  por norma1980
 
Pregunto esto aunque parezca una tontera, por lo que establece la LNT sobre la interjurisdiccionalidad cuando se vive a mas de 60 km.-
Establece la obligacion de remitir el expediente al juzgado de la jurisdiccion del infractor...