hola gente querìa consultar lo siguiente: tengo un cliente (empresa) que desarrolla en la misma dos actividades diferenciadas ( a y b) relacionadas con manejo de autos. el mes pasado despidiò a 4 trabajadores que laboraban para la actividad b por asì llamarlo .El tema es que los despidiò por el 247 ya que efectivamente no hay trabajo para esa actividad ,de hecho està funcionando la actividad "a" en la empresa.
la pregunta es: no hizo proced prevent de crisis. pero digo: si eran 15 trabajodores entre las 2 actividades y se despidiò a 4 por quedarse sin laburo para la actividad "b" ¿debìa hacer el proced prevent de crisis ? o debo respetar los porcentajes que marca la ley y en tal caso al no encuadrar en el 15% de una empresa de 400 està eximido de hacerlo?
ahora llegò la demanda como planteo la divisiòn de tareas de la empresa porque puedo probar la falta de trabajo de la act b pero no de la a.
se entiende?
bueno espero puedan ayudarme. gracias
la pregunta es: no hizo proced prevent de crisis. pero digo: si eran 15 trabajodores entre las 2 actividades y se despidiò a 4 por quedarse sin laburo para la actividad "b" ¿debìa hacer el proced prevent de crisis ? o debo respetar los porcentajes que marca la ley y en tal caso al no encuadrar en el 15% de una empresa de 400 està eximido de hacerlo?
ahora llegò la demanda como planteo la divisiòn de tareas de la empresa porque puedo probar la falta de trabajo de la act b pero no de la a.
se entiende?
bueno espero puedan ayudarme. gracias