Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Contestación de excepción. Que me aconsejan?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #959191  por sofia2009
 
Hola gente, estoy buscando jurisprudencia sobre improcedencia de excepcion de falta de legitimacion pasiva en desalojo.
Voy por la actora, el locatario me opone excepcion por falta de legitimación pasiva porque dice que arreglo verbalmente con el inquilino la venta de la propiedad y por lo tanto hubo entrega de la posesión (todo mentira), que le hizo arreglos a la propiedad propios de todo poseedor bla bla bla.
Me conviene ahondar en la contestación de la excepción invocando jurisprudencia, etc, etc, o solamente digo que lo manifestado por el demandado es un SIMPLE ARDID, CARENTE DE TODA SERIEDAD y que tiene como único propósito dilatar el proceso y continuar usufructuando el bien gratuitamente, a cuyo fin no duda en utilizar al órgano jurisdiccional en aras de tales propósitos (y que la demandada se encargue de probar lo que invoca).
Que me aconsejan que haga? necesito pronta respuesta, los plazos se me vienen encima.
Gracias!!
 #959289  por gusgus
 
primero, supongo que donde decis que el locatario dice que "arreglo con el inquilino",queres decir que dice que arreglo con el locador...

el desalojo supongo que es en base a un contrato de locación....

de ser asi, la falta de legitimación resulta a todas luces dilatoria y sin sustento...

ergo, yo pediría el rechazo in limine, pero sin dejar de citar jurisprudencia y resaltando la improcedencia justamente porque el título por el cual ocupa es el contrato de locación, con una obligación personal de restituir
 #959434  por andresxeneizes
 
aca la demandada confunde (chicanea) la falta de legitimacion que es una excepcion previa con una defensa de fondo, ya que en este caso la falta de legitimacion podria verse en que la persona que reclama no sea la dueña del inmueble, y la promesa de venta en nada incide a la legitimacion, en todo caso podra ser objeto de una reconvencion para cumplir dicha promesa de venta