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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #959299  por stella80ar
 
Me encuentro media perdida con el tema de la nueva legislacion domestica, yo realizaba anteriormente el pago con los formularios 102 y 575 los $43 mas los intereses... por ejemplo si una señora tiene 59 años y quiere realizar este año aportes con servicio domestico se que debe abonar segun la nueva modificacion $135 pero mi duda se presenta en: esos $135 en que formulario se aportan? en el 102b o una parte en ese formulario y otra parte en el 575b? muchas gracias
 #959382  por diegomdp
 
donde dice que debe abonar 135??? eso solo si trabaja mas de 16 horas la ley es clara se mantiene el titulo XVIII de la ley 25239 pudiendo la afip modificar dichos importes, Afip lo modifico al dia de hoy??? NO entonces rigen los mismos valores anteriores salvo por el aumento de obra social osea 43, 50 o 135 dependiendo la cantidad de horas. lo que si cambio es que tenes que dar de alta al empleador y al trabajar en mi simplificacion o como corno se llame que ahora no me acuerdo para las relaciones laborales vigentes a 05/2013 con lo cual ni montoto se va a dar de alta, o tenes que tener todo en regla o tenes que ser muy huevon para darte de alta
 #959405  por MarieLyer
 
Buen dia Stella, la nueva ley de personal de casas particulares no modifica los montos a pagar, por lo tanto, se abona de la misma manera que se venia haciendo hasta ahora. Lo que si va a suceder, es que se dicte una Resolucion de AFIP, donde se aumenten las cotizaciones. Por otro lado, la Super de Salud, aumento a 100 pesos la cotizacion de obra social, lo que me modifica el pago correspondiente a los que trabajen mas de de 16 horas, que eran 95 pesos.
La nueva ley establece un registro, que es obligatorio para todos los empleadores, no solamente para los "huevones" como dice diegomdp. El que cumple la ley es un "huevon"? y el que no lo hace es un piola?
Las normas se hicieron para cumplirlas, y esta ley particularmente le otorga beneficios a las trabajadoras que antes no tenian.
 #959431  por diegomdp
 
MarieLyer escribió:Buen dia Stella, la nueva ley de personal de casas particulares no modifica los montos a pagar, por lo tanto, se abona de la misma manera que se venia haciendo hasta ahora. Lo que si va a suceder, es que se dicte una Resolucion de AFIP, donde se aumenten las cotizaciones. Por otro lado, la Super de Salud, aumento a 100 pesos la cotizacion de obra social, lo que me modifica el pago correspondiente a los que trabajen mas de de 16 horas, que eran 95 pesos.
La nueva ley establece un registro, que es obligatorio para todos los empleadores, no solamente para los "huevones" como dice diegomdp. El que cumple la ley es un "huevon"? y el que no lo hace es un piola?
Las normas se hicieron para cumplirlas, y esta ley particularmente le otorga beneficios a las trabajadoras que antes no tenian.
Mrielyer como conecedora de derecho previsional, deberias saber que esto ya existio no me voy a tomar el trabajo de explicarte cuando ni como se fue modificando pero esto ya existio y fracaso, justamenete por el fracaso del regimen es que salio la ley 25239 y que cuando implementaron el cat y luego el programa de simplificacion registral siempre se las excluyo a las empleadas de servicio domestico, a esta altura calculo que como conocedora de la ley que demostraste ser esto lo sabias, entonces la ley del congreso lo que hace es equiparar a las empleadas del servicio domestico o como el gobierno quiera llamarlas ahora a los demas derechos y obligaciones que tienen los demas empleados en materia laboral, hasta ahi estoy de acuerdo y el congreso fue tan inteligente que no modifico el regimen de seguridad social, pero se metio etchegaray y los inutiles camporistas que manejan todos los organismos publicos y crearon este registro que es lo mismo que la cat y que simplificacion registral y que hasta ahora los habian excluido porque esa inscripcion generaria efectos contrapuestos menos empleadas domesticas trabajando en blanco.
si yo fuera empleador con la presion tributaria record que existe en argentina que es la mas alta de la historia con bienes personales en una cifra irrisoria vos te pensas que me inscribiria como empleador???? tengo mil aternativas mejores para pagarle aportes a mi supuesta empleada domestica que el quede mas plata en el bolsillo y encima que tenga aportes jubilatorios y obra social, o vos te imaginas a mi vecina que le vienen a limpiar la casa 1 o dos veces por semana contratando un contador para que la inscriba en el registro y le de de alta y baja a cada empleada domestica, el sistema actual que surgio como consecuencia del fracaso del sistema anterior de tener registrado al empleador era mucho mas sencillo y estaba al alcance de todos si la persona se acercaba a preguntar a la afip le daban el formulario y le decian vaya y pague ahora le van a decir pague un contador para darse de alta, como veras la nueva resolucion general de la afip (no la ley como pone ud en su contestacion) crea una obligacion que solo quiere seguir persiguiendo y agobiando impositivamente a un grupo de ciudadanos que no persigue fines de lucro, ese requisito que impone afip que no lo impuso la ley va a generar el mismo efecto que ya existio y que fue un rotundo fracaso con la gravedad que hoy es mucho mas facil de tener un juicio laboral encontra, conclusion si vas a tener una empleada por pocas horas hace un esfuerzo y limpiate la casa vos para que no te joda la afip.
 #959464  por arandu2
 
Muy de acuerdo contigo diego, en todo lo que decís.
Sacamos de esta ley las siguientes consecuencias:
1) aumenta los derechos laborales de las empleadas domesticas
2) se deroga el sistema de pago de la ley 25329, no así respecto de los beneficios que sigue vigente
3) aumentará el monto de los aportes y contribuciones del empleador pues debe incorporarse el pago el sistema contributivo de asignacion familiar por maternidad y de riesgos del trabajo.
4) el empleador deberá registrarse en la pagina de afip con todas las consecuencias que eso significa
5) esta última exigencia, significará el paso de las trabajadoras del sistema simplificado de la ley 25329 al sistema en negro, pues serán muy pocos los empleadores que querrán inscribirse en afip.
6) se debe emitir recibo de sueldo, que establecerá la reglamentacion
7)con esto terminaran las verificaciones de anses y la presentacion de todos los papelitos, tikets, etc.


POR ESO, OJO CON SEGUIR HACIENDO ESTOS PAGOS CON LOS F 102 Y 575 DESDE EL MES DE JUNIO.

Ahora se requerirá la registracion del empleador en AFIP.
Lo haran todos? Creo que no, con lo cual se cumplirá la profecia de diego.

Saludos y que tengan un muy buen dia.

Arandú del Portal. :P
 #959570  por MARIO1943
 
SI BIEN ES CIERTO TODO LO QUE DICEN, POR LO QUE VEO EN MI ZONA, A PARTIR DEL 1/06/2013, TODO SIGUE IGUAL QUE ANTES , SI ANTES NO APORTABAN CON F. 102, MENOS LO VAN HACER AHORA QUE ESTA MAS COMPLICADO, PERO NADIE VA A DEJAR CESANTE A SU EMNPLEADA, VAN A SEGUIR TRABAJANDO COMO SIEMPRE Y NADIE VA A DEJAR DE LIMPIAR SU CASA, MIENTRAS HAYA ARMONIA TODO ESTARA BIEN , EL PROBLEMA VIENE CUANDO TENGAN QUE DESPEDIR A UNA EMPLEADA DOMESTICA O CUANDO HAYA ALGUN CONFLICTO, ESA ES HOY LA REALIDAD Y ME IMAGINO QUE ESTO ES GENERAL Y MUCHOS NO SE HAN DADO POR ENTERADOS, AUNQUE LA LEY HA SIDO MUY DIFUNDIDA, VOS LE DECIS A TUS VECINOS Y SE TE RIEN EN LA CARA Y REPUTEAN AL GOBIERNO, NADIE TOMA CON SERIEDAD ESTA NUEVA LEY, HASTA QUE OCURRA UN CONFLICTO, POR LO GENERAL SON GENTE D E CONFIANZA Y CONOCIDAS, PERO CUANDO HAY PESOS DE POR MEDIO SE ACABO LA CONFIANZA Y LA AMISTAD, HAY QUE ESPERAR LA REGLAMENTACION UNA DIFERENCIACION TIENE QUE HABER CON AQUELLAS QUE TRABAJAN 5 HORAS O MAS POR SEMANA Y TAMBIEN PUEDE OCURRIR CON EL TIEMPO EN LA MEDIDA QUE SE VAYA DIFUNDIENDO LA LEY Y QUE VARIAS SE QUEDEN SIN TRABAJO Y EL FISCO EN LUGAR DE RECAUDAR MAS, VA RECAUDAR MENOS Y AHI SE VAN A DAR CUENTA QUE HA SIDO PEOR EL REMEDIO QUE LA ENFERMEDAD
 #959731  por MarieLyer
 
Buen dia diegomp
Creo que las leyes deben ser conocidas por todos y nadie puede ignorarlas no?
Sin embargo, es imposible que alguien conozca todas las leyes que se publican. Por mi parte, me dedico a estudiar y analizar las que afectan mis intereses, como es este caso.
El Art. 17, de la Ley 26.844, encomienda al Ministerio de Trabajo y Afip la elaboración del Registro de Trabajadores, reglamentado por la Resolución General 3941 de AFIP.
Si yo fuera empleadora, pagaria servicio domestico, son solo 95 pesos y no necesitaria un contador para hacer el registro porque es bastante facil.
De todas maneras considero que realmente van a inscribirse los que no tengan alternativa y no tengan ninguna otra opcion y el resto seguira como hasta ahora, incluso sin pagar aportes.
 #959864  por anamy00
 
Hola a todos: creo que no estoy entendiendo, pero tampoco me considero un bicho raro. Yo tengo una empleada domestica (como deberan tener casi todos uds, ya q no nos queda mucho tiempo para atender la casa, el estudio, el tribunal,etc...). Ah! y por si fuera poco ahora recorrer las UDAIS como quiere ANSES!. Mi duda es porque yo la tengo en blanco y le pago con el F102, $95, aunque no esta mas de 16hs, yo le pago así, porque me dijeron que de esa forma tiene incluido la obra social y la pobre sra, la necesita y se lo merece. Se q me tengo q anotar en la AFIP, pero todabia no lo hice. Segun uds, tengo pagar $135 o entendi mal?. Por otro lado si no me anoto en la AFIP estoy fuera de la ley y ademas la perjudico a la sra el dia que se quiera jubilar. Acá hay algo que no me cierra, disculpen si no les entiendo.
 #959879  por MARIO1943
 
anamy00 escribió:Hola a todos: creo que no estoy entendiendo, pero tampoco me considero un bicho raro. Yo tengo una empleada domestica (como deberan tener casi todos uds, ya q no nos queda mucho tiempo para atender la casa, el estudio, el tribunal,etc...). Ah! y por si fuera poco ahora recorrer las UDAIS como quiere ANSES!. Mi duda es porque yo la tengo en blanco y le pago con el F102, $95, aunque no esta mas de 16hs, yo le pago así, porque me dijeron que de esa forma tiene incluido la obra social y la pobre sra, la necesita y se lo merece. Se q me tengo q anotar en la AFIP, pero todabia no lo hice. Segun uds, tengo pagar $135 o entendi mal?. Por otro lado si no me anoto en la AFIP estoy fuera de la ley y ademas la perjudico a la sra el dia que se quiera jubilar. Acá hay algo que no me cierra, disculpen si no les entiendo.
LOS $ 135, LO TENES QUE PAGAR UNICA VEZ POR EL MES DE MAYO, NO ASI POR LE MES D E JUNIO QUE HAY QUE ESPERAR QUE DETERMINEN LOS APORTES
Y EN TU CASO QUE TENES PERSONAL OCUPADO ANTES DE LA NUEVA LEY, TENES TIEMPO 180 DIAS CORRIDOS PARA REGULARIZAR LA SITUACION DE LA EMPLEADA DOMESTICA , SI NO LA LA DECLARAS, NO PODES SEGUIR APORTANDO , NO SOLAMENTE QUE LA PERJUDICAS A LA MUJER, SI NO, QUE TE PUEDE SALIR MUY CARO, PORQUE EN CASO DE DESPIDO O CONFLICTO, SE PUDRE TODO Y VAS A TENER QUE PAGAR INDEMNIZACION DOBLE EN LUGAR DE SIMPLE MAS LA SANCION QUE PUEDE FIJAR LA REGLAMENTACION POR TENER PERSONAL NO DECLARADO, MAS LOS APORTES NO REALIZAADOS CON INTERESES
 #960042  por stella80ar
 
A ver si entendi, si viene una persona a mi estudio que trabaja en servicio domestico y no esta inscripta ni pago Servicio Domestico y necesita 5 años ej. del 2008 al 2013 tiene que abonarlo con el monto normal de $43 ($20 y $23) lo que no me queda claro es los meses de ahora en mas cuanto debe abonar y porque formulario, de ahora en mas es $95 con el 102? Muchas Gracias, perdonen mi confusion pero escucho una maraña de cosas y no puedo sacar nada en limpio
 #960080  por anamy00
 
Mario te entendi perfectamente, gracias! Y en Junio veo con que salen, respecto al monto a depositar, seguro que se acoplara la ART, pero creo que esta bien, yo prefiero pagarle todo y asi me evito un problema el dia de mañana.