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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #960640  por male80
 
Hola a todos; queria hacerles una consulta, ya que este es uno de los primeros casos previsionales que abordé, (de todos modos lei muchos posts sobre el tema antes de hacer la pregunta y me sirvieron mucho, pero prefiero tener mas certeza antes de meter la pata)
mi cliente tiene 64 años y el 26-12-13 cumple los 65. No tiene aportes por lo cual en principio considero que por moratoria tendría 26 años y 8 meses y los años que le faltan podría completarlos con el pago del mono tributo social, (3 años y 4 meses y viendo si lo puedo compensar con exceso de edad, si está bien el calculo).
No se si esto es el camino correcto o puede acogerse a otro régimen a fin de estar en condiciones de jubilarse a los 65, como a través del SSDD u otro mecanismo.
Otro dato que agrego es que actualmente se encuentra percibiendo una pensión no contributiva por discapacidad; en caso de adherirse al MT social no se si perdería el beneficio.-
Desde ya muchas gracias.-
 #960769  por MARIO1943
 
male80 escribió:Hola a todos; queria hacerles una consulta, ya que este es uno de los primeros casos previsionales que abordé, (de todos modos lei muchos posts sobre el tema antes de hacer la pregunta y me sirvieron mucho, pero prefiero tener mas certeza antes de meter la pata)
mi cliente tiene 64 años y el 26-12-13 cumple los 65. No tiene aportes por lo cual en principio considero que por moratoria tendría 26 años y 8 meses y los años que le faltan podría completarlos con el pago del mono tributo social, (3 años y 4 meses y viendo si lo puedo compensar con exceso de edad, si está bien el calculo).
No se si esto es el camino correcto o puede acogerse a otro régimen a fin de estar en condiciones de jubilarse a los 65, como a través del SSDD u otro mecanismo.
Otro dato que agrego es que actualmente se encuentra percibiendo una pensión no contributiva por discapacidad; en caso de adherirse al MT social no se si perdería el beneficio.-
Desde ya muchas gracias.-
ESTOS SON LOS REQUISTOS PARA EL MONOTRIBUTO SOCIAL, NO SE DE QUE PCIA SOS


El Monotributo Social es un régimen tributario optativo para personas en situación de vulnerabilidad social que realicen una única actividad de producción, comercialización o servicios. Pagando un monto mensual de $50, la persona puede emitir facturas (de tipo "C"), accede a una obra social y se le considera el tiempo que permaneció en el Monotributo Social como años trabajados para la jubilación mínima. Los monotributistas sociales tienen que asesorarse respecto del pago del impuesto a los Ingresos Brutos.



La persona tiene que cumplir con una serie de requisitos como: no ser propietario de más de 1 bien inmueble y de más de 1 bien mueble, no ser profesional para el ejercicio de su profesión, no tener un trabajo en relación de dependencia, no generar ingresos anuales superiores a $32.196, entre otros.



El trámite de inscripción es personal y presencial, con fotocopia de DNI en sede central -25 de Mayo 606, CABA- o en cualquiera de nuestros Centros de Referencia
Con respecto a la facturación, el objetivo del Monotributo Social es que la persona pueda facturar.



Ingresos Brutos: en CABA tienen que darse de dalta en AGIP y pagar Ingresos Brutos; en la provincia de Bs As están exentos a través de Ley ALAS pero tienen que realizar el trámite de exención en una delegación del Ministerio de Trabajo.



Los monotributistas sociales de la provincia de Buenos Aires deberán presentar declaración jurada de manera anual ante Arba, los de CABA no.



Jubilación: la certificación del período correspondiente al Monotributo Social -formulario 09.001- deberá ser solicitada en el Registro Nacional de Efectores y presentada en ANSES al momento de querer iniciar el trámite jubilatorio. Este período se sumará a los años de aportes que la persona tuviera, ya sea como monotributista general o como trabajador en relación de dependencia. En caso de nunca haber estado en blanco, los años como monotributista social se le restarán de la moratoria a la que deberá ingresar la persona para completar los 30 años de aportes.
 #960778  por male80
 
gracias Mario por la informacion!! por lo que me decis no seria incompatible la adhesion al MTS con la pension que percibe. Respecto a si no tengo otra alternativa para completar aportes, como comprar años a través de SDM, he visto que el tramite es bastante engorroso y que en muchos casos lo están rechazando. No se si estoy en lo cierto.- gracias.-
 #960779  por bravosur
 
Hola.
Agrego un simple comentario a lo ya claramente explicado por Mario 1943.
Si no podés sacar el monotributo social (por no poder cumplir los requisitos) tendrías que inscribirlo en el monotributo común ($297) porque por SSDD (SDM en la jerga previsional) corrés un gran riesgo porque Anses investiga la efectiva prestación de los servicios domésticos denunciados mediante inspectores. Y hay muchos casos de SDM reales que rebotaron sin mayores explicaciones.
Como compensás dos períodos de edad excedente por uno de servicios, después de cumplir los 65 tendría que aportar por 2 años y 3 meses para jubilarse. Y si lo anotás ahora, por ejemplo para que pague a partir de junio/2013 el monotributo, podría jubilarse luego de cumplir los 65 a 1 año y 10 meses, es decir a partir del 01 de noviembre de 2015. Esto último me parece lo mejor porque es lo más rápido para que se jubile ya sea que aporte como monotributista social ($50) o común ($297).
Un abrazo
 #960780  por bravosur
 
otrosi:

La pensión graciable no creo que debas renunciarla porque el sólo hecho de poseer una no creo que se considere un beneficio que te "excluya" del concepto de vulnerabilidad social para el mt-social. Eso sí: una vez acordada la jubilación tenés que renunciar a la pensión graciable.
Lo que yo haría en tu caso es anotarlo en el mt-social como artesano y esperar la respuesta, total el no ya lo tenés. Si no te lo dan (el mt-social) lo anotás en el común y que se va a hacer: habrá que pagar los $297.Y si sí te lo dan no tenés mayores problemas.
 #960782  por male80
 
Mil gracias, bravosur!! mas claro imposible! inmediatamente voy a abocarme a lo del MT, así cuanto antes mejor para que se jubile pronto!! Saludos y espero poder devolverles la ayuda con algún aporte futuro!
 #960787  por MARIO1943
 
male80 escribió:Mil gracias, bravosur!! mas claro imposible! inmediatamente voy a abocarme a lo del MT, así cuanto antes mejor para que se jubile pronto!! Saludos y espero poder devolverles la ayuda con algún aporte futuro!
VOS SOS DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES? ES PARA HACERTE UNA RECOMENDACION
 #960799  por male80
 
No, Mario, soy de Corrientes.- Pero de todos modos cual seria tu recomendación, tal vez igual me sea útil.- gracias!
 #960813  por MARIO1943
 
male80 escribió:No, Mario, soy de Corrientes.- Pero de todos modos cual seria tu recomendación, tal vez igual me sea útil.- gracias!
POR LO D E INGRESO BRUTO (ARBA)
 #1018392  por gpawluk
 
El monotributo social es totalmente incompatible con las pensiones por discapacidad de Anses y las otorgadas por la Comision Nacional de Pensiones Asistenciales ( 76%), ya que es el mismo Ministerio de Desarrollo Social que otorga tanto estas como el MT.
Hacen cruces de datos con todos los organismos estatales (Registro propiedad inmueble, automotor, barcos y/embarcaciones, Anses, CNPA, AFIP, etc.) y te lo deniegan por este motivo, o los que vienen a continuacion, como bien explicaron ya.

La persona tiene que cumplir con una serie de requisitos como: no ser propietario de más de 1 bien inmueble y de más de 1 bien mueble, no ser profesional para el ejercicio de su profesión, no tener un trabajo en relación de dependencia, no generar ingresos anuales superiores a $32.196, entre otros.

No hay que hacerle perder tiempo al cliente si no cumple los requisitos, el MT es para quienes se encuentran en estado de vulnerabilidad social.

saludos! *suerte*
 #1027659  por male80
 
Gracias gpawluk, por el aporte.- Respecto de la posible incompatibilidad entre el MS y la pensión que percibe el cliente, encontre en la pagina de AFIP lo siguiente, que se funda en la Resolucion N°10.204/2010 de la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional:

7) ¿Cuáles son las compatibilidades e incompatibilidades en el momento del cruce de información para proceder a otorgar el alta o el rechazo en el Monotributo Social?

Al momento de la inscripción, se van a realizar cruces de los cuales pueden surgir hallazgos de compatibilidad o de incompatibilidad:

Cruces Compatibles:


Propietario de un bien inmueble.
Propietario de un bien mueble registrable no afectado al emprendimiento económico.
Seguro de desempleo (sin superposición en el tiempo).
Pensión no contributiva. (el subrayado es mio)
Pensión contributiva mínima que no supere el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Jubilación mínima que no supere el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Asignación Universal por Hijo.
Antecedente de Monotributo General.
Programas de ingreso social municipales, provinciales o nacionales.


Cruces Incompatibles:

Profesionales en ejercicio de su profesión.
Personal en relación de dependencia.
Propietario de dos o más bienes inmuebles.
Propietario de dos o más bienes muebles registrables no afectados al emprendimiento económico.
Jubilación mayor que la mínima.
Empleador o titular de acciones o cuotas partes de las sociedades comerciales.
Registrado como tributante en el Impuesto a las Ganancias.
Ingresos brutos anuales superiores a los $ 32.796 (al 10/08/12).
Inscripto en el Régimen de Servicio Doméstico u otro régimen especial.


De ello surgiria que no existe tal incompatibilidad y lo corrobora el hecho de que mi cliente me aviso que se ha adherido al MS y a su vez percibe su pension.- De todos modos sabemos que lamentablemente en la realidad muchas veces por medio de circulares de ANSES o del Min. de Desarrollo Social ponen trabas para otorgar los beneficios.- Saludos cordiales.-