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  • horas extras injuria suficiente para despido indirecto?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #960690  por portaldeabogadosjose
 
TCL ENVIADO POR EL TRABAJADOR (MI CLIENTE):
Encontrándome laborando bajo sus órdenes y en relación de dependencia desde el día **/**/2005, realizando tareas de ventas, administrativa, mantenimiento del local, costura de disfraces y cadeteria, de lunes a viernes de 9:00 a 19:30hs y sábados de 9:00 a 14:30hs, lugar de trabajo: Lavalle ..... (CABA), percibiendo un salario mensual en mano de $3900 (pesos tres mil novecientos), de los cuales por recibo, registrado como media jornada, cobro $3000 (pesos tres mil) y el resto, $900 (novecientos pesos), lo percibo en negro, intimo por el plazo de 30 días para que registre correctamente la real remuneración en los registros del art. 52 LCT o en el que haga sus veces y 18 inc. a) LE, conforme lo establecido en los arts. 10 y 11 de la ley 24013, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 15 de la misma ley. Ante su omisión de la obligación del pago de la remuneración mínima mensual, intimo 48horas hacer efectivo la diferencia salarial a mi favor desde el inicio de la relación laboral, regularice mi real remuneración según mi categoría “Vendedor B” CCT 130/75, la jornada laboral y tareas denunciadas, en los registros del art. 52 LCT o en el que haga sus veces y recibo. Asimismo intimo 48hs pague las remuneraciones de marzo y abril 2013 y las horas extraordinarias laboradas para Ud. y jamás pagadas desde el inicio de la relación laboral. Mismo plazo intimo exhiba comprobantes de pago de aportes jubilatorios, obra social y sindical, ART y seguro desde el inicio de la relación laboral a la fecha. Todo bajo apercibimiento de considerarme despido por su exclusiva culpa. Retengo tareas hasta efectivo pago de diferencias salariales, remuneraciones de marzo y abril 2013, horas extras, aportes y regularización laboral correspondiente a jornada y remuneración mínima y registro de la relación laboral (art. 1201 cc). Interrumpo prescripción por los importes adeudados. En virtud del art. 11 b) remitiré copia del requerimiento de este TCL a AFIP. Queda ud. debidamente notificado. Colaciónese.

RESPUESTA DEL EMPLEADOR
Rechazo todos y cada uno de los términos de su TCL N* 84581980 cd nº 3820245360 manifiesto:
1) Se reconoce su fecha de ingreso 13/04/2013.
1-2) se reconoce su categoría de vendedora "B"
1-3) sin reconocer hechos; ni derechos alguno, por anoticiado del resto de la reclamación que efectúa con fundamento en la ley 24013,cuya respuesta fundada se efectuara dentro del plazo legal conferido al caso.
2) Su jornada real se cumplió de lunes a viernes,9.30 a 13.00hs,cuando se desempeñó de tarde de 14.00 a 18.30hs,sabados de 9.30 a 14.00hs,deviniendo improcedente su reclamo de horas suplementarias.
3) Obligaciones con la seguridad social y demás entidades derivadas del tracto, en etapa de regularización.
4) Respecto a sus remuneraciones de Marzo y abril, se encuentran a su disposición.
5) Quedando desplazados extremos invocados art.1201CC, retome tareas plazo 24 hs. Bajo apercibimiento de considerar abandono de trabajo.

NOTA: LA TRABAJADORA ME DICE AL RECIBIR LA CARTA: Tengo que hacer reposo absoluto mínimo 72HS tengo el certificado médico que hasta el lunes no puedo salir de mi casa. (BRONCOESPASMO)

PREGUNTA: ME CONSIDERO DESPEDIDO POR EL DESCONOCIMIENTO DE LAS HORAS EXTRAS ANTES QUE ME LLEGUE LA CD POR ABANDONO?

Ante su rechazo a pagar las horas extraordinarias laboradas para Ud. y jamás pagadas desde el inicio de la relación laboral, me considero gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa.......
 #960708  por sanjuanino
 
Tu cliente, si es real lo de la enfermedad, debería poner a dispocision el certificado y utilizar la licencia por enfermedad, notificando de esto al empleador.
Muy bien respondido el telegrama por parte de la patronal. Y te pone en un brete
Las horas extras, deben ser reclamadas con la correcta individualización y con una prescripción de 2 años para atras. Me parece que te esta poniendo una trampa.
Regularizarlo a la patronal le sale muy caro, pero si el hace abandono de trabajo les ahorra un gran problema. La patronal, es cierto que esta dentro del plazo legal para la registración correcta. Y jugarse solo con los de las horas extras de manera tan indefinida me suena a fabricación de un despido, y creo que los tribunales van a ser muy rigurosos en esa prueba.
Yo no me jugaría.
Si lo vas a hacer, hay que enviar una nueva intimación requiriéndo específicamente las horas extras, con los datos necesarios de su individualización para que su pago pueda ser cumplido.
Situación jodida la tuya
 #960721  por drakilling
 
jose: el reclamo de tu cliente no es solamente por horas extras.
esta denunciando ademas el pago de parte del sueldo bajo la modalidad en negro y pagos por debajo del basico de convenio

la demandada no dice nada "no reconoce el pago en negro, tampoco lo desconoce"

Yo haria una reiteracion de la intimacion, a fin de que aclare plazo 48 hs si procedera a regularizar la relacion laboral en plazo legal , conforme real sueldo abonado , en los terminos de la ley 24013, y reales pautas de trabajo denunciadas . asimismo reiteras intimacion abone sueldo basico y demas adicionales conforme CCT aplicable . Reiteras que el horario de trabajo es el que denuncias y reiteras el reclamo de pago de las horas extras. Pones a disposicion el certificado medico por licencia

de esta forma te evitas que tu clienta tenga que esperar 30 dias la regularizacion.
asi le estas pidiendo que en 48 hs te diga si va a regularizar o no , en el plazo de 30 dias. (legal)
 #960833  por portaldeabogadosjose
 
Muchas gracias Sanjuanino y drakilling. Muy buenos sus consejos (los tendré presente para la próxima). Pero los leí después de haber enviado el telegrama considerando despido indirecto por desconocer fecha de ingreso, jornada laboral y horas extras (lo tenía q enviar urgente antes de que me llegara el de despido por abandono de trabajo).

Ratifico y reitero mi telegrama anterior, rechazo su colacionado por temerario completamente falso,
improcedente y malicioso. Ante rechazo de mi TCL Nº …………………….. y su negativa arbitraria de
reconocer mi real fecha de ingreso 1*/o^/2005, mi verdadera jornada laboral denunciada y su rechazo del
pago de las horas extraordinarias laboradas, por ello me considero gravemente injuriada y despedida por su
exclusiva culpa (art. 246 LCT). Intimo plazo 48 horas abone liquidación final según ordena LCT. Intimo
mismo plazo abone diferencias salariales desde el inicio de la relación laboral, las remuneraciones de marzo
y abril 2013, horas extras, multas arts. arts. 10, 11 y 15 Ley 24013, entregue comprobantes de pago de
aportes jubilatorios art. 132bis LCT, obra social y sindical, ART y seguro desde el inicio de la relación
laboral a la fecha, certificados de trabajo art. 80 LCT, todo esto bajo apercibimiento art. 2º ley 25323
y de iniciar acciones legales. Queda ud. debidamente notificado. Colaciónese.-
 #960987  por pepecurdele
 
veo que tenes varias causales, un consejo para otra vez, trata que la causal no sea por la horas extras ( salvo que tengas una muuuuuy buena prueba de la realizacion de las mismas). Ademas la cuestion de la intimacion a retomar tareas y el abandono de trabajo, no es una carrera para ver quien llega primero al correo, es mas complejo.
 #961031  por LAUBOG
 
coincido con el resto q los fundamentos para el distracto son no solo las hs extras, sino tambien la falta de registracion -art 8- porq si solo le registraban la relacion medio dia,!!q!qq!´ tenia media relacion sin registrar. Y si ademas le pagan por debajo del cct, ya tenes motivos suficientes. Independientemente de lo q vos contas, viendo lo q pusiste en los tcl parece estar bien fundado el despido indirecto. probar las horas extras es un tema... Tengo un caso en el q al cliente lo despidieron, le pagaron 232 233 y 245, pero realizaba tareas q por cct aplicable estaban prohibidas -el era chofer y le hacian hacer tareas administrativas- y ademas tiene muchisimas horas extas q reclamar... El tema como probarlas... Tiene registros del telepeaje, entregas efectuadas a hospitales -q tienen sus registros- a alguien se le ocurre algo mas? Probar las tareas administrativas puedo, porq le daban cheques a su nombre para q los cobrara y pagara servicios -no puedo decir q eran pago de sueldo en negro porq son sumas siderales-. Escucho propuestas por el tema de horas extras... Son dificiles de probar porq encima el se llevaba el camioncito a su casa.... Gracias!
 #961123  por sanjuanino
 
pepecurdele escribió:veo que tenes varias causales, un consejo para otra vez, trata que la causal no sea por la horas extras ( salvo que tengas una muuuuuy buena prueba de la realizacion de las mismas). Ademas la cuestion de la intimacion a retomar tareas y el abandono de trabajo, no es una carrera para ver quien llega primero al correo, es mas complejo.
Convengo absolutamente