Buenas tardes colegas, les comento que tengo un caso de un cliente que hace edición de videos (filmaciones, etc) al que la empresa de energía EDEN, a raiz de un corte en fecha 17/02/2011, le quemó dos computadoras y dos televisores.
Tecnicamente fue por n pico de tensión cuando despues de varias horas sin energía, ésta vuelve con sobrecarga en la linea de tensión.
Llevé el caso al OCEBA y este ordeno a la empresa pagar. Nunca pagaron anda. Lleve el caso a mediación y vinieron los representantes legales solo a cerrar la etapa. Nunca ofrecieron nada.
Mi duda ahora es la siguiente, estos casos quedan ecuadrados como daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual? tomo como base la ley 24.240 o podría ir por vía ejecutiva para que se cumpla la resolución administrativa?
Como lo encuadrarían uds? que sugerencias me pueden dar?
Gracias
Tecnicamente fue por n pico de tensión cuando despues de varias horas sin energía, ésta vuelve con sobrecarga en la linea de tensión.
Llevé el caso al OCEBA y este ordeno a la empresa pagar. Nunca pagaron anda. Lleve el caso a mediación y vinieron los representantes legales solo a cerrar la etapa. Nunca ofrecieron nada.
Mi duda ahora es la siguiente, estos casos quedan ecuadrados como daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual? tomo como base la ley 24.240 o podría ir por vía ejecutiva para que se cumpla la resolución administrativa?
Como lo encuadrarían uds? que sugerencias me pueden dar?
Gracias