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  • PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION CIVIL

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 #961500  por fugitiva
 
El plazo de prescripción, por ejemplo dos años, se cuenta según el art 25 del Código Civil?
Es decir, si , por ejemplo, el hecho ilicito se cometió el 23 de marzo de 2013, tendré tiempo hasta el 23 de marzo de 2015 para interponer demanda por daños y perjuicios... es correcto esto?
DEjando de lado, causales de suspensión .
 #961723  por jovani
 
fugitiva escribió:El plazo de prescripción, por ejemplo dos años, se cuenta según el art 25 del Código Civil?
Es decir, si , por ejemplo, el hecho ilicito se cometió el 23 de marzo de 2013, tendré tiempo hasta el 23 de marzo de 2015 para interponer demanda por daños y perjuicios... es correcto esto?
DEjando de lado, causales de suspensión .



el tiempo para interponerla es cuando el daño imputado no existia o se cree que existio, al no probarlo claro interpones la demanda por el plazo fijado,
 #961726  por jovani
 
fugitiva escribió:El plazo de prescripción, por ejemplo dos años, se cuenta según el art 25 del Código Civil?
Es decir, si , por ejemplo, el hecho ilicito se cometió el 23 de marzo de 2013, tendré tiempo hasta el 23 de marzo de 2015 para interponer demanda por daños y perjuicios... es correcto esto?
DEjando de lado, causales de suspensión .