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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #961405  por elcone
 
Hola, soy dentro de todo nuevo en el derecho y quería consultarles algo, espero alguien me pueda ayudar: llegue a una conciliación en un juicio laboral de Cap Fed. La idea era que la demandada pagaba en 7 cuotas una cantidad de dinero más mis honorarios en forma particular. Resulta que esta deposito la primera cuota y abono mis honorarios. Pero no pago nada más.
Me da bronca por que era un juicio muy jugoso, muy avanzado, que ya tenia ganado pero me pareció una buena idea arreglar para que mi cliente cobre ya., y resulta que arregle y no cobro más que una cuota. Las preguntas son:
1) que hago? Se hace en el mismo juzgado un juicio ejecutivo?
2) Alguien tiene un modelo?
3) Si es asi, En ese misma demanda ejecutiva pido embargo ejecutorio?
4) En la conciliación nada dice de desistir de las personas físicas, puedo embargarlas a ellas también?

Saludos, y a quien pueda ayudar gracias.
 #961465  por pepecurdele
 
hace todo dentro del mismo expediente.
yo primero pediria que se decrete la caducidad de los plazos de pago otorgados y que declaren la conducta de la accionada como temeraria y maliciosa ( art 275) ( tal vez primero el juzgado intime al pago de la totalidad bajo apercibimiento de ejecucion)
art. 275.-- Cuando se declara maliciosa o temeraria la conducta asumida por el empleador que perdiere total o parcialmente el juicio, será condenado a pagar un interés de hasta dos veces y media el que cobren los bancos oficiales, para operaciones corrientes de descuento de documentos comerciales, el que será graduado por los jueces atendiendo a la conducta procesal asumida.
Se considerarán especialmente comprendidos en esta disposición los casos en que se evidenciaren propósitos obstruccionistas o dilatorios en reclamos por accidentes de trabajo, atendiendo a las existencias más o menos perentorias provenientes del estado de la víctima, la omisión de los auxilios indispensables en tales casos, o cuando sin fundamento, y teniendo conciencia de la propia sin razón, se cuestionase la existencia de la relación laboral, se hiciesen valer actos cometidos en fraude del trabajador, abusando de su necesidad o inexperiencia, o se opusiesen defensas manifiestamente incompatibles o contradictorias de hecho o de derecho.
Cuando por falta de cumplimiento de un acuerdo homologado en sede judicial o administrativa el trabajador se vea precisado a continuar y/o promover la acción judicial, independientemente de las sanciones que tal actitud genere, dicha conducta será calificada como 'temeraria y maliciosa' y la suma adeudada devengará a favor del trabajador, desde la fecha de la mora y hasta su efectiva cancelación, el máximo del interés contemplado en el presente artículo.

despues pido embargo a todos si es que no desististe ( tendria que ver el acuerdo)
 #961588  por elcone
 
Gracias por tu aporte. Me es muy util. Tenes algun modelo de escrito como el que tendría que presentar? Tengo alguno de juicios ejecutivos pero no me parecen nada buenos para este caso. Gracias otra vez. Un saludo.
 #961629  por sanjuanino
 
Convengo con el compañero pepecurdele
De todos modos, compañero pepecurdele, en este caso la conducta temeraria y maliciosa va de cajón por el art. 9 de la ley 25013
 #961735  por pepecurdele
 
sanjuanino escribió:Convengo con el compañero pepecurdele
De todos modos, compañero pepecurdele, en este caso la conducta temeraria y maliciosa va de cajón por el art. 9 de la ley 25013
si, pero si no lo pedis no te lo dan.
 #961778  por sanjuanino
 
Tenés razón. Cuando tenes razón, tenés razón.
Por última vez.... tenés razón
 #962059  por gusgus
 
como no coincidir con esos dos "mostros" que opinaron antes....!!!

y viendo estos casos, vuelvo al planteo que ya he expuesto aquí....

debiera haber alguna norma legal que establezca que si el empleador demandado incumple un acuerdo homologado, queda a elección del trabajador ejecutar dicho acuerdo por las cuotas impagas como de plazo vencido, o continuar su reclamo originario..
es decir, como esta la legislación hoy, resulta fácil para el empleador ante un reclamo supongamos de $150.000, que sabe que lo pierde, arreglarlo en por ej,. 60.000 y en cuotas, luego incumple y ya queda limitado el monto en esta ultima suma....\\

la verdad, es un vacio legal importante, digno de atención urgente
 #962070  por sanjuanino
 
gusgus escribió:como no coincidir con esos dos "mostros" que opinaron antes....!!!

y viendo estos casos, vuelvo al planteo que ya he expuesto aquí....

debiera haber alguna norma legal que establezca que si el empleador demandado incumple un acuerdo homologado, queda a elección del trabajador ejecutar dicho acuerdo por las cuotas impagas como de plazo vencido, o continuar su reclamo originario..
es decir, como esta la legislación hoy, resulta fácil para el empleador ante un reclamo supongamos de $150.000, que sabe que lo pierde, arreglarlo en por ej,. 60.000 y en cuotas, luego incumple y ya queda limitado el monto en esta ultima suma....\\

la verdad, es un vacio legal importante, digno de atención urgente
Absolutamente de acuerdo.
Nota: El que realmente sabe en serio es nuestro compañero pepe