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  • DNI GEMELO. DEMANDA DYP. RECONSIDERACION O ALZADA.

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #943257  por manufuser
 
Estimados, le presento el siguiente caso de una clienta muy joven.

Una mujer paso toda su vida con un DNI gemelo. Del hecho se entero cuando debió votar por vez primera (hace 5 años aproximadamente), dando cuenta de un DNI idéntico al suyo en la misma ciudad, cuya titular es otra mujer . Cuestión es que pasaron los años, y los daños han sido honestamente considerables. En la escuela la agredían, no podía trabajar (hoy lo hace en negro), estudiar en la universidad, ni tantas otras cosas que uds. saben exigen identidad propia.

Hoy mismo le llego una carta documento del RNP, resolviendo sobre un expediente del año 2010, cuya resolución con fecha 12/11/2012 se transcribe.
Dice asi:
Que el decisorio se adopta en virtud de la correlatividad de las actas de nacimiento de los causantes con sus anteriores y posteriores, agregadas en autos, y en el principio de economía procedimental entendiendo que en el sentido en que se decide, la circunstancia solo afectara a la ciudadana XXXX (mi clienta), toda vez que aun no se encuentra en posesión de un documento debidamente actualizado. (...) Conforme art 18 ley 17671 resuelve: (...) rectificar identificación a nombre de XXXX procediendo a su actualización en la forma de rigor, tomando nota de lo resuelto en los archivos manuales e informáticos del organismo y dando de baja el formulario de menor a nombre de la misma titular obrante a fs 1 (...). Fdo.

El escrito aclara el fin de la instancia adm., y la posibilidad de interponer recurso de Reconsideracion (10 dias ) y Alzada (15 dias).

Uds aconsejaran entonces, Interponer recurso antes de iniciar el tramite de renovación de DNI con esta CD? o consentir la resolución, dejar vencer los plazos, modificar el DNI como ellos dicen, y entablar una demanda por Daños y Perjuicios contra el Registro de esta ciudad?

muchas gracias, saludos...
 #951767  por manufuser
 
ya vencieron los plazos para recurrir, Intime mediante CD al registro para que confeccione el DNI en un plazo razonable.
Formulare el reclamo administrativo previo por los DYP ocasionados, para lo cual necesito algun modelo o informacion a tener en cuenta...
 #951774  por diegoignacio
 
puede iniciar la demanda por daños o sino intentar un recurso de revisión para que le brinden mayor información en la administracion.
pero si tiene acreditado el daño metale con la demanda
 #951795  por manufuser
 
el daño moral es acreditable...una persona con un dni duplicado toda su vida ve afectado gravemente el derecho a la salud, educación, transito, trabajo, etcetc...
daño emergente es complicado, he visto fallos desestimando hasta el monto mas irrisorio por falta de prueba.

En cuanto a lo procesal, corresponde el Reclamo Adm Previo para ver cual es la reacción del Estado, que posturas y defensas adopta etc. Luego se interpone la Demanda...Correcto?

Legitimación Pasiva; Mucha jurisprudencia poniendo en ridículo a abogados por la defectuosa confección de las acciones...Se dirige hacia quien? hacia el RENAPER nacional, hacia las delegaciones Provinciales, hacia el Ministerio del Interior, hacia el Estado Nacional? etc
Puesto que el Estado es uno solo en tanto persona jurídica, uds, sabran aclarar esta duda...
 #952176  por diegoignacio
 
- la demanda es contra el renaper ministerio del interior del poder ejecutivo nacional
- se debe presentar un reclamo administrativo para agotar la via, las formas de agotar via administrativa son dos: agotando los recursos ( revocatoria con jerarquico en subsidio) o silencio de la administracion, vencidos los plazos solo te queda el recurso de revisión para volver a revivirlos, sino tenes que plantear una acción por reconocimiento de derecho en sede judicial federal
 #952453  por diegoignacio
 
es verdad pero igualmente si vos atacas una resolucion te conviene tener la respuesta oficial pero luego ir a la justicia con mas informacion
 #956229  por manufuser
 
Esto es en la provincia de Chubut. No me quedo claro. Se agota la via o no? ya vencieron los plazos para recurrir la resolucion. Se agota mediante Reclamo Adm? la CD aclara que "la presente agota la via adm".
 #963129  por Soul
 
Si la CD dice que se agota la vía entonces ya tenés habilitada la vía judicial. Ojo con el plazo de caducidad. en el contencioso federal es de 90 días habiles judiciales. Fijate qué dice la ley de chubut al respecto. Ese plazo lo contás desde el día siguiente al que te notificaron el acto que agota la vía administrativa.
Saludos
 #1103983  por Lionel Hutz
 
Estimados colegas, vino a verme un cliente con motivo de la imposibilidad de poder tramitar un nuevo DNI ante el extravío del que tenía. Le informaron que hay otra persona con el mismo n°. Evidentemente la pérdida del mismo ocasionó este inconveniente. ¿Cómo debe proceder? Hace meses que hizo innumerables reclamos administrativos ante el RENAPER sin obtener respuesta alguna. ¡Gracias por la ayuda!
 #1104460  por Lionel Hutz
 
Colegas, tengo más precisiones del caso que comenté. Por favor si me pueden indicar cómo proceder se los voy a agradecer.
A mediados de enero 2014 mi cliente extravió su mochila con objetos personales, entre ellos, su DNI.
Poco días después quiso iniciar los trámites correspondientes en el Registro Civil de su localidad (Gran Buenos Aires), en donde vive desde hace más de 30 años. Allí le informaron que hay otra persona con el mismo número de DNI, por lo que es imposible iniciar el trámite y tenía que dirigirse al Registro Nacional de las Personas.
A fines de ese mismo mes se presentó en la Mesa de Entradas del Registro Civil de la calle Uruguay 753, donde tomaron el reclamo y le informaron que debía dirigirse a Diagonal Norte al 600 (RENAPER) para pedir 2 actas de nacimiento anteriores y 2 posteriores. Luego volver para proceder con el trámite.
Ese mismo día fue al RENAPER. Le mostraron en pantalla la duplicidad del número con otra persona del sexo femenino, quien nació en el mismo lugar que mi cliente (hospital de Capital Federal), 1 hora después apróximadamente. El detalle que observó es que en el acta que le corresponde se podía leer claramente el número de su y en el que le pertenecía a la otra persona no se podía entender el último dígito. Por lo cual fue corregido y certificado por alguna persona encargada en emitir estos documentos.
En febrero de 2014 llevó toda la documentación solicitada a la Mesa de Entradas de la calle Uruguay, quienes le informaron que el tema pasaría al Servicio Jurídico. Le dieron un número de teléfono para que se comunique con determinada funcionaria. Nunca se pudo comunicar y quienes lo atendían jamás le dieron una solución al caso.