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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #963548  por analiaTorres
 
Les comento para aquellos colegas que no saben...
Si tienen algún cliente al cual le hicieron los descuentos de los aportes (y conservan los recibos de sueldo) y no figuran en el sistema... o trabajaron en negro y por esa casualidad tienen un acuerdo realizado en el ministerio de trabajo, donde conste el periodo por el cual trabajaron... o cualquier otro medio de prueba.. (no alcanza solo con la testimonial)... pueden realizar la denuncia en AFIP...
AFIP abre un expediente.. que tarda unos 5 o 6 meses y depende las pruebas aportadas... le reconocen al trabajador el periodo previsional...
Con esa resolución vamos a ANSES y listo el pollo!!!!
Personalmente realice la denuncia de un trabajador que trabajo en la Fundación de abuelas de plaza de mayo... 2 años sin aportes, presente los recibos de sueldo con la denuncia (se llena un formulario) y me acreditaron el periodo completo de aportes...
Otros dos casos... de personas que trabajaron en negro.. presente el acuerdo firmado ante el ministerio de trabajo, donde constaba que el trabajador reclama indemnización por tal periodo.. y me acreditaron los aportes...
Bueno... espero que les sea util!! Besoss *suerte*
 #963569  por zaffaroni
 
analiaTorres escribió:Les comento para aquellos colegas que no saben...
Si tienen algún cliente al cual le hicieron los descuentos de los aportes (y conservan los recibos de sueldo) y no figuran en el sistema... o trabajaron en negro y por esa casualidad tienen un acuerdo realizado en el ministerio de trabajo, donde conste el periodo por el cual trabajaron... o cualquier otro medio de prueba.. (no alcanza solo con la testimonial)... pueden realizar la denuncia en AFIP...
AFIP abre un expediente.. que tarda unos 5 o 6 meses y depende las pruebas aportadas... le reconocen al trabajador el periodo previsional...
Con esa resolución vamos a ANSES y listo el pollo!!!!
Personalmente realice la denuncia de un trabajador que trabajo en la Fundación de abuelas de plaza de mayo... 2 años sin aportes, presente los recibos de sueldo con la denuncia (se llena un formulario) y me acreditaron el periodo completo de aportes...
Otros dos casos... de personas que trabajaron en negro.. presente el acuerdo firmado ante el ministerio de trabajo, donde constaba que el trabajador reclama indemnización por tal periodo.. y me acreditaron los aportes...
Bueno... espero que les sea util!! Besoss *suerte*
no quiero desilusionarla pero lo que cuenta es mas veijo que la humedad. la denuncia la toma anses o afip, depende el periodo laboral que se denuncie. *leo*
 #963593  por MARIO1943
 
CLARO QUE NO ES NINGUNA NOVEDAD , PERO HAY QUE FUNDAMENTARLO, POR SI ALGUN EMPLEDO DE LA UDAI , NO LO QUIERA RECONOCER Y NO LE ACEPTE LA INICIACION DEL TRAMITE, TODO LO QUE DICE ANALIA ESTA FUNDAMENTADO EN LOS SIGUIENTE:
1) EL ART. 13 INC. 3- LEY 24241 , EN OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR, DICE CLARAMENTE QUE EL TRABAJADOR DEBE EFECTUAR LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE A LA AUTORIDAD DE APLICACION, POR INCUMPLIMIENTO D E SU EMPLEADOR EN CUANTO A LAS OBLIGACIONES PREVISIONALES
2)LAS PRUEBAS SE DEMUESTRAN D E ACUERDO A LA PROBATORIA DE SERV. DE RR.DD. 524/08
3) DECRETO 679/95- ART 2-QUE DICE: A LOS EFECTOS JUBILATORIOS , S E CONSIDERAN SERV. CON APORTES LOS PERIODOS QUE ESTAN DEVENGADOS Y EFECTUADO LA CORRESPONDIENTE RETENCION
 #963640  por analiaTorres
 
Se que es algo viejo.. pero este es un foro donde muchos jóvenes abogados arrancan... ANSES también toma la denuncia.. pero según la UDAI puede tardar mas de un año en resolver.. la afip no... vuelvo a reiterar.. fue mi experiencia personal...

Gracias Mario! *suerte*
 #963645  por noelin
 
FIJENSE LO Q ESTOY PADECIENDO: ESTE POST ERA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO PASADO:

HOLA: ESTOY INDIGNADA!!! INICIE UN REC.DE SERV. CON FUNDAMENTO EN UNA SENTENCIA FIRME Q RECONOCE 10 AÑOS DE SERVICIO, POR LOS CUALES SE ABONO INDEMNIZACION Y TODOS LOS ACCESORIOS. ADJUNTO LA SENTENCIA Y PIDO SE RECONOZCAN. RECHAZAN PQ NO ESTAN HECHOS LOS APORTES. RECURSO DE RECONSIDERACION ADJUNTO DENUNCIA ANTE AFIP. RECHAZAN DE NUEVO PQ NO ESTA RESUELTA LA DENUNCIA DE AFIP. POR SU PARTE, AFIP DEMORA EN RESOLVER. SE Q PUEDO PEDIR UN PRONTO DESPACHO, PERO AL MARGEN DE ELLO PREGUNTO: PUEDE ANSES DESCONOCER SERVICIOS Q FUERON ADMITIDOS EN UNA SENTENCIA FIRME Y CONSENTIDA?????
SI YA SE HIZO LA DENUNCIA A LA AFIP (ALGO Q DEBERIA HACER ANSES) PQ TIENE Q PERJUDICARSE MI CLIENTA AL NO PODER INICIAR SU JUBILACION, LA Q ADEMAS POR SU SITUACION DE PENSIONADA, LA DEBE PAGAR DE CONTADO?????
Q FACULTADES TIENE ANSES PARA DESCONOCER UNA SENTENCIA FIRME Y MAS AUN CUANDO SE HIZO LA DENUNCIA A AFIP????????


COMO HAGO CON ESTO!!! YA HICE EN OCTUBRE LA DENUCNA A AFIP...Y TODAVIA ESPERANDO!!! DESPUES QUIEREN RECAUDAR!!!!
 #963647  por noelin
 
FIJENSE LO Q ESTOY PADECIENDO: ESTE POST ERA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO PASADO:

HOLA: ESTOY INDIGNADA!!! INICIE UN REC.DE SERV. CON FUNDAMENTO EN UNA SENTENCIA FIRME Q RECONOCE 10 AÑOS DE SERVICIO, POR LOS CUALES SE ABONO INDEMNIZACION Y TODOS LOS ACCESORIOS. ADJUNTO LA SENTENCIA Y PIDO SE RECONOZCAN. RECHAZAN PQ NO ESTAN HECHOS LOS APORTES. RECURSO DE RECONSIDERACION ADJUNTO DENUNCIA ANTE AFIP. RECHAZAN DE NUEVO PQ NO ESTA RESUELTA LA DENUNCIA DE AFIP. POR SU PARTE, AFIP DEMORA EN RESOLVER. SE Q PUEDO PEDIR UN PRONTO DESPACHO, PERO AL MARGEN DE ELLO PREGUNTO: PUEDE ANSES DESCONOCER SERVICIOS Q FUERON ADMITIDOS EN UNA SENTENCIA FIRME Y CONSENTIDA?????
SI YA SE HIZO LA DENUNCIA A LA AFIP (ALGO Q DEBERIA HACER ANSES) PQ TIENE Q PERJUDICARSE MI CLIENTA AL NO PODER INICIAR SU JUBILACION, LA Q ADEMAS POR SU SITUACION DE PENSIONADA, LA DEBE PAGAR DE CONTADO?????
Q FACULTADES TIENE ANSES PARA DESCONOCER UNA SENTENCIA FIRME Y MAS AUN CUANDO SE HIZO LA DENUNCIA A AFIP????????


COMO HAGO CON ESTO!!! YA HICE EN OCTUBRE LA DENUCNA A AFIP...Y TODAVIA ESPERANDO!!! DESPUES QUIEREN RECAUDAR!!!!
 #963658  por MARIO1943
 
COMO SABES QUE AFIP NO HA HECHO NADA?, VOS TENES QUE PEDIR CON F. MULTINOTA, QUE TE INFORMEN EN QUE ESTADO S E ENCUENTRA LA DENUNCIA EFECTUADA EN OCTUBRE DEL 2012 , SI EL EMPLEADOR YA FUE INTIMADO, SOLICITANDO DICHA INFORMACION EN FORMA URGENTE , DEBIDO A QUE ANSES NO TOMA EL TRAMITE JUBILATORIO HASTA QUE UD. NO COMUNIQUEN LO SOLICITADO Y ADJUNTA LA SETENCIA, QUE YA DEBEN TENER CONOCIMIENTO
 #963685  por lola442
 
La sentencia no sirve por sí sola. Tiene valor como única pureba si en dicha sentencia el Juez condena al empleador a pagar los aportes previsionales, si esto está en la sentencia no hace falta denuncia en AFIP.-
No recuerdo en este momento pero creo que la Res. anterior a la 524 de probatoria de servicios lo dice claramente.-
Si hay sentencia firme no hace falta que la denuncia ante AFIP esté resuelta, porque ya un juez dió por probada la relación laboral.-
Lo que tiene que probarse es que el empleador fue intimado a aportar, si no aportó no es tema de tu cliente, es un problema de AFIP.-
ANSES no tiene poder de policía para denunciar la falta de aportes eso es a instancia de parte, el que puede intimar de oficio es AFIP no ANSES.-
ANSES no es el ente recaudador de dichos aportes, sino el que los administra y distribuye, el agente recaudador es AFIP.-
Lo que se tiene que probar es la intimación por parte del trabajador a que se hagan efectivos los aportes -dicha intimación vale si es por ante AFIP o si la misma fue por sentencia judicial.-
 #963725  por zaffaroni
 
lola442 escribió:La sentencia no sirve por sí sola. Tiene valor como única pureba si en dicha sentencia el Juez condena al empleador a pagar los aportes previsionales, si esto está en la sentencia no hace falta denuncia en AFIP.-
No recuerdo en este momento pero creo que la Res. anterior a la 524 de probatoria de servicios lo dice claramente.-
Si hay sentencia firme no hace falta que la denuncia ante AFIP esté resuelta, porque ya un juez dió por probada la relación laboral.-
Lo que tiene que probarse es que el empleador fue intimado a aportar, si no aportó no es tema de tu cliente, es un problema de AFIP.-
ANSES no tiene poder de policía para denunciar la falta de aportes eso es a instancia de parte, el que puede intimar de oficio es AFIP no ANSES.-
ANSES no es el ente recaudador de dichos aportes, sino el que los administra y distribuye, el agente recaudador es AFIP.-
Lo que se tiene que probar es la intimación por parte del trabajador a que se hagan efectivos los aportes -dicha intimación vale si es por ante AFIP o si la misma fue por sentencia judicial.-
estoy de acuerdo con ud lola442. mario gracias por su aporte tambien. la denuncia se hara en anses o afip dependiendo si son periodos anteriores o posteriores al 93, no es que uno puede elegir donde hacerla. cuando se traen al foro temas que no son nuevos hay que aclararlo justamente para no confundir a los jovenes abogados, por eso aclare que no era algo novedoso el tema de las denuncias por falta de aportes.
noelin escribió:FIJENSE LO Q ESTOY PADECIENDO: ESTE POST ERA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO PASADO:

HOLA: ESTOY INDIGNADA!!! INICIE UN REC.DE SERV. CON FUNDAMENTO EN UNA SENTENCIA FIRME Q RECONOCE 10 AÑOS DE SERVICIO, POR LOS CUALES SE ABONO INDEMNIZACION Y TODOS LOS ACCESORIOS. ADJUNTO LA SENTENCIA Y PIDO SE RECONOZCAN. RECHAZAN PQ NO ESTAN HECHOS LOS APORTES. RECURSO DE RECONSIDERACION ADJUNTO DENUNCIA ANTE AFIP. RECHAZAN DE NUEVO PQ NO ESTA RESUELTA LA DENUNCIA DE AFIP. POR SU PARTE, AFIP DEMORA EN RESOLVER. SE Q PUEDO PEDIR UN PRONTO DESPACHO, PERO AL MARGEN DE ELLO PREGUNTO: PUEDE ANSES DESCONOCER SERVICIOS Q FUERON ADMITIDOS EN UNA SENTENCIA FIRME Y CONSENTIDA?????
SI YA SE HIZO LA DENUNCIA A LA AFIP (ALGO Q DEBERIA HACER ANSES) PQ TIENE Q PERJUDICARSE MI CLIENTA AL NO PODER INICIAR SU JUBILACION, LA Q ADEMAS POR SU SITUACION DE PENSIONADA, LA DEBE PAGAR DE CONTADO?????
Q FACULTADES TIENE ANSES PARA DESCONOCER UNA SENTENCIA FIRME Y MAS AUN CUANDO SE HIZO LA DENUNCIA A AFIP????????


COMO HAGO CON ESTO!!! YA HICE EN OCTUBRE LA DENUCNA A AFIP...Y TODAVIA ESPERANDO!!! DESPUES QUIEREN RECAUDAR!!!!
noelin vaya urgente a la afip a ver en que estado esta esa denuncia, pot el tiempo transcurrido ya debiera haber sido resuelta, mas con la sentencia como prueba. tenga en cuenta la acotacion de lola442 respecto al contenido y alcance de la sentencia
 #963757  por noelin
 
[quote="MARIO1943"]COMO SABES QUE AFIP NO HA HECHO NADA?, VOS TENES QUE PEDIR CON F. MULTINOTA, QUE TE INFORMEN EN QUE ESTADO S E ENCUENTRA LA DENUNCIA EFECTUADA EN OCTUBRE DEL 2012 , SI EL EMPLEADOR YA FUE INTIMADO, SOLICITANDO DICHA INFORMACION EN FORMA URGENTE , DEBIDO A QUE ANSES NO TOMA EL TRAMITE JUBILATORIO HASTA QUE UD. NO COMUNIQUEN LO SOLICITADO Y ADJUNTA LA SETENCIA, QUE YA DEBEN TENER CONOCIMIENTO[/quote

EL DISTRITO LOCAL ESTA A 3 CUADRAS, Y ESO HACE Q TENGA INFORMACION PERMANENTE YA Q LO CONSULTO SEMANLMENTE. AHORA VOY A PRESENTAR LA MULTINOTA, PERO COMO EL EXP. DEL CASO LO GIRAN AL ORGANO SUPERIOR DEL DISTRITO (REGIONAL) ME INFORMAN Q "AUN NO FUE ASIGNADO". NO OBSTANTE ESO, YA LOS INTIME HACE UN MES. AHORA PENSE HACERLO X VIA TELEGRAMA 23789, PREVIO A AMPARO X MORA.
 #963765  por MARIO1943
 
noelin escribió:
MARIO1943 escribió:COMO SABES QUE AFIP NO HA HECHO NADA?, VOS TENES QUE PEDIR CON F. MULTINOTA, QUE TE INFORMEN EN QUE ESTADO S E ENCUENTRA LA DENUNCIA EFECTUADA EN OCTUBRE DEL 2012 , SI EL EMPLEADOR YA FUE INTIMADO, SOLICITANDO DICHA INFORMACION EN FORMA URGENTE , DEBIDO A QUE ANSES NO TOMA EL TRAMITE JUBILATORIO HASTA QUE UD. NO COMUNIQUEN LO SOLICITADO Y ADJUNTA LA SETENCIA, QUE YA DEBEN TENER CONOCIMIENTO[/quote

EL DISTRITO LOCAL ESTA A 3 CUADRAS, Y ESO HACE Q TENGA INFORMACION PERMANENTE YA Q LO CONSULTO SEMANLMENTE. AHORA VOY A PRESENTAR LA MULTINOTA, PERO COMO EL EXP. DEL CASO LO GIRAN AL ORGANO SUPERIOR DEL DISTRITO (REGIONAL) ME INFORMAN Q "AUN NO FUE ASIGNADO". NO OBSTANTE ESO, YA LOS INTIME HACE UN MES. AHORA PENSE HACERLO X VIA TELEGRAMA 23789, PREVIO A AMPARO X MORA.
POR ESO PUSE QUE AFIP YA DEBE TENER CONOCIMIENTO, PORQUE LA AUTORIDAD INTERVINIENTE, TIENE LA OBLIGACION DE COMUNICAR POR OFICIO A LA AFIP, LOS DATOS DE CADA EXPEDIENTE LABORAL, PARA QUE ESTE ACTUE EN EL RECUPERO DEL CREDITO GENERADO, POR OTRO LADO NO SOLO LA AFIP TIENE PODER DE POLICIA, EL TRABAJADOR PUEDE EFECTUAR LA DENUNCIA AL MINISTERIO DE TRABAJO QUE TAMBIEN TIENE PODER DE POLICIA EN EL ORDEN LABORAL YA QUE TIENE LA OBLIGACION DE VERIFICAR Y FISCALIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACONES QUE TIENEN LOS EMPLEADORES, SI BIEN ES CIERTO QUE EL TRABAJADOR TIENE EL DERECHO DE RECLAMAR LOS QUE LE CORRESPONDE, PERO NO LO PUEDEN PONER COMO OBLIGACION, YA CON LA DENUNCIA A LA AFIP QUE ESTABLECE LA LEY 24241 ES SUFICIENTE Y MAS PRUEBA QUE EL RECONOCIMIENTO JUDICIAL , QUE MAS QUIEREN
 #963787  por noelin
 
ESO ES LO Q YO PIENSO. EN UN COMIENZO TUVE IDEA DE RECURRIR A LA CARSS, PERO SABEMOS Q ALLA DUERMEN 1 AÑO. Y AHORA ENCUENTRO Q ESTO TAMBIEN VA PARA LARGO. ADEMAS RECURRI EN RECONSIERACION A LA PROPIA UDAI....TE DEJAN SIN ARMAS!!! ACA SE LUCHA CONTRA ANSES, PERO EL TIEMPO NOS JUEGO EN CONTRA!!!! TODO LO Q LEGALMENTE HAGA, SEA RECURSO A LA CARSS, AMPARO X MORA, O LO Q YO HICE ES ETERNO!!!!
 #963793  por fabidoc
 
he realizado varios trámites de este tipo. En tres o cuatro meses se cuenta con la resolución.
No conozco que alguna vez Afip haya perseguido el cobro de aportes adeudados. Creo q eso no pasa.
 #963930  por coraso
 
Muchas gracias Analia, esto sirve sòlo para perìodos no prescriptos o para cualquiera?
En mi caso, tengo una certificaciòn de servicios extendida en 2012 por perìodos de 1990. Tenemos la impresiòn que dichos aportes no han sido realizados ( por manifestaciones del empleador) No figura ni un pago en la sàbana. Podrè hacer esa denuncia todavìa?
Gracias denuevo y saludos