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  • Sucesion y usucapion

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 #963682  por Federicopisanu
 
Buenas, soy nuevo en el foro y esta mi primer pregunta, espero puedan aconsejarme.
El tema es que me recibí hace poco y pretendo llevar adelante la sucesión de mi abuela, quiero saber cuales son los requisitos a reunir como así también las tasas que debo pagar y cumplir para poder empezar el tramite.
A esto se suma que mi abuela adquirió un inmueble en 1974 por boleto el cual se revalidó en 1994 pero nunca se escrituró y quisiera hacerlo (los propietarios registrales fallecieron y sus herederos también).
Es necesario llevar adelante primero la sucesión o ya podría empezar la usucapión?
Desde ya muchas gracias.
 #963864  por fugitiva
 
Hace primero la sucesión, obtené declaratoria e inicia la usucapion con ella
 #964156  por Federicopisanu
 
Gracias por responder!
Otra cosa, si mi tia vivio con mi abuela, podria hacer la ventiañal a favor de mi tia y escriturar a su nombre sin necesidad de la sucesion?
 #964206  por gusgus
 
Federicopisanu escribió:Gracias por responder!
Otra cosa, si mi tia vivio con mi abuela, podria hacer la ventiañal a favor de mi tia y escriturar a su nombre sin necesidad de la sucesion?
allí tenes una herramienta para saltear el sucesorio...

claro que si tenes otros bienes en el sucesorio, ya que estas haces los dos con honorarios en los dos y además para la usucapión tenes el boleto de suma importancia para acreditar los años
 #964222  por gusgus
 
no....

justamente te decía que si hay otros bienes a nombre de tu abuela y que por ello debes hacer si o si el sucesorio, en ese caso te conviene sucesiorio y luego usucapión....

de no ser asi, haría directamente usucapión por derecho propio de tu tia...\\

claro esta que ello si no hay otros herederos de tu abuela que puedan trabarte la usucapión alegando que la poseedora era tu abuela
 #964331  por Federicopisanu
 
No hay mas bienes que ese inmueble.
Y si hay hermanos pero la idea es que se lo quede mi tia entonces queriamos evitar la sucesion y escriturar directo. por eso preguntaba si podra ella hacer la posesion ventiañal.