Hoal coelgas, tengo una duda, luego de haber finalizada la audiecnia del art. 388, de la provincia de Buenos Aires, ¿se puede solicitar que se practica una revision o examen psicologico a la denunciante de un hecho de abuso?, donde ya paso una año y medio del hecho denunciado, por peritos del Juzgado, para que mediante el analisis, determine por si o por no, la existencia del hecho.