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  • Embargo de sueldo - Recomendaciones para abogada nueva

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 #964965  por abogadast
 
Buen día estimados colegas.
Me presento en día de hoy con las siguientes dudas, espero puedan ayudarme.
Se presenta ante mi un cliente al cual le informaron en su trabajo que recibieron un oficio donde se dispone el embargo de su sueldo.
Él tiene deudas con el banco Galicia y Santander Río.
Su primera deuda fue con Galicia, y a fin de pagar la deuda de este solicitó un préstamo al segundo.
El oficio antes mencionado fue ordenado por el juez interviniente en el proceso judicial impulsado por Santander Río.
Esta deuda fue contraída en el año 2011. Y según la versión de mi cliente, no pudo afrontarla porque el plan de pago que le ofrecían excedía demasiado el monto adeudado.
El debía al rededor de $10.000 por dos tarjetas de Crédito, es decir $20.000, y $13.000 aprox por el préstamo que solicitó. Haciendo todo un total de $23.000 aprox.
El sólo pagaba los mínimos de las tarjetas por lo que entiendo, lo intereses punitorios hasta cierto tiempo, no correspondían.
El Banco lo llamaba de manera reiterada ofreciéndole planes de pago impagables. Le cobraban la suma de $70.000. Y él se negó a pagar eso.
Ahora tiene un juicio en su contra por cobro ejecutivo , por la suma de 26.000, más 14.000 de intereses. a prima facie, desde mi punto de vista no resulta excesivo el monto pretendido.
El oficio tiene fecha de 3 de Diciembre, y este llegó a su empleador la semana pasada.
Mi cliente dice que sabe que debe pagar, solo que quiere pagar lo que realmente corresponda y no más.

Hasta el momento es mi primer cobro ejecutivo, quiero saber cuáles serían los primeros pasos como para poder ir ingresando en el tema.
Iré a ver el expediente, para ver las pruebas que ofrecieron.
Tengo pensado elaborar una defensa. Pretendo hacer una propia liquidación y presentarla, exponer que el no haberlo pagado a tiempo no se debió a un actitud maliciosa por parte de mi cliente, sino por no existir una predisposición para ello por parte del banco, es decir, ellos le pedían una suma de dinero excesiva.
Pensaba, también, realizar una discriminación entre la deuda por tarjeta y la deuda por préstamo. Pues según tengo entendido la vía ejecutiva por las tarjetas está prescripta (1 año), por lo tanto la cuestión de esta deuda debería resolverse en juicio ordinario.

Tengo muchas ideas en mente, pero no sé cómo comenzar, no sé como suelen encararse estos casos.
Por eso apelo a quienes tengan experiencia.
En caso de ver que puedo perjudicar al cliente con mi inexperiencia, delegaré el caso, pero de todos modos mi intención es comenzar a conocer este tipo de situaciones, y cómo debo actuar ante ellas.

Desde ya, muchas Gracias, espero sus sugerencias.
Saludos!!
 #965000  por maurodls
 
1º fijate si podes pedir la prescripción de la acción.-
2º fijate en el expediente si podes plantear caducidad de la acción.-
3º el proceso ejecutivo, normalmente no se puede ordinarizar (hay excepciones)
4º Si es un crédito para consumo fíjate de plantear una contestación con bases en la ley def. consumidor (Fallo: Carlos Giudice S.A. c/ Marezi, Mónica Beatriz s/ Cobro Ejecutivo - http://www.diariojudicial.com/contenido ... _0005.html)
5º estate atenta con los plazos.-


6º Ref. si el oficio se libro en 2012, ya estas para plantear caducidad de instancia en el proceso, metele con eso.-

7º Tengo pensado elaborar una defensa. Pretendo hacer una propia liquidación y presentarla, exponer que el no haberlo pagado a tiempo no se debió a un actitud maliciosa por parte de mi cliente, sino por no existir una predisposición para ello por parte del banco, es decir, ellos le pedían una suma de dinero excesiva.
No te va a servir de mucho, el proceso es ejecutivo no ordinario, no importan los hechos. (Salvo que plantees lo de def. del cons)

8º Pensaba, también, realizar una discriminación entre la deuda por tarjeta y la deuda por préstamo. Pues según tengo entendido la vía ejecutiva por las tarjetas está prescripta (1 año), por lo tanto la cuestión de esta deuda debería resolverse en juicio ordinario.
Los bancos no ejecutan practicamente por Ley de Tarjetas de Cre. porque el procedimiento es engorroso, la mayoria directamente ejecuta los pagares que son incausados.-
 #965207  por abogadast
 
Muchas Gracias Mauro, me resulta muy útil tu aporte.
Debido a mi falta de experiencia, olvido que el proceso ejecutivo es diferente al ordinario, y que la causa en estos casos no se discute.

Con respecto a lo demás, me siento bastante orientada gracias a tus consejos.
Al menos, tengo una idea de cuál puede ser mi punto de partida.

Saludos, que tengas buenas noches =)