Leer 25.529/09, su modificatoria 26.742/12 y su decreto reglamentario Nº 1089.-
DERECHOS DEL PACIENTE, HISTORIA CLINICA Y CONSENTIMIENTO INFORMADO
DE LA HISTORIA CLINICA
ART 12. — Definición y alcance. A los efectos de esta ley, entiéndase por historia clínica, el documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares de la salud.
ART 14. — Titularidad. El paciente es el titular de la historia clínica. A su simple requerimiento debe suministrársele copia de la misma, autenticada por autoridad competente de la institución asistencial. La entrega se realizará dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, salvo caso de emergencia.
ART 15. — Asientos. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes y de lo que disponga la reglamentación, en la historia clínica se deberá asentar:
a) La fecha de inicio de su confección;
b) Datos identificatorios del paciente y su núcleo familiar;
c) Datos identificatorios del profesional interviniente y su especialidad;
d) Registros claros y precisos de los actos realizados por los profesionales y auxiliares intervinientes;
e) Antecedentes genéticos, fisiológicos y patológicos si los hubiere;
f) Todo acto médico realizado o indicado, sea que se trate de prescripción y suministro de medicamentos, realización de tratamientos, prácticas, estudios principales y complementarios afines con el diagnóstico presuntivo y en su caso de certeza, constancias de intervención de especialistas, diagnóstico, pronóstico, procedimiento, evolución y toda otra actividad inherente, en especial ingresos y altas médicas.
Los asientos que se correspondan con lo establecido en los incisos d), e) y f) del presente artículo, deberán ser realizados sobre la base de nomenclaturas y modelos universales adoptados y actualizados por la Organización Mundial de la Salud, que la autoridad de aplicación establecerá y actualizará por vía reglamentaria.
MODELO
SANATORIO BRITANICO SA
Paraguay Nº 40.-
2000.-ROSARIO Rosario,….mayo del 2013.-
XXXXX, DNI N° ,domiciliado en calle ...... de esta ciudad, con el patrocinio letrado de la Dra. ....... y constituyendo domicilio ad litem en calle ....... de rosario, se dirige a Ud/s a los efectos de requerirles:
I.- Que viene por medio del presente a postular ante el Sanatorio Británico SA, sírvase entregarle a nuestra patrocinante copias autenticadas por el director del establecimiento, DEL REPORT Y/O PROTOCOLO DE ESTERILIZACIÓN DEL INSTRUMENTAL ESPECÍFICAMENTE EL CONOCIDO CON EL NOMBRE DE “VENTOSA” UTILIZADO EN LOS PARTOS, DURANTE TODO EL MES DE ENERO DEL AÑO 2010 ; dentro del plazo de 48 horas de recepcionado el presente (conforme art 14 Decreto Reglamentario 1089/12.)-
II.-Que la documental solicitada es parte integrante y fundamental de la Historia Clínica de nuestra hija menor ; que en mérito a la brevedad nos remitimos a los datos y fundamentos suministrados al requerirla en los autos “ xxxx s. Aseguramiento de Pruebas”,Expte Nº 1253/12 que tramitan por ante el Juzgado de distrito de 1ª Inst Civ y Com de la 18 Nom.-
III.-La petición se formula en base al derecho a la autodeterminación informativa reconocido en forma unánime por doctrina y jurisprudencia a favor del paciente –nuestra hija menor- como “derecho de información”, en uno de sus aspectos me otorga “el derecho a consultar su historia clínica para comprobar la realización del tratamiento y con constancia probatoria sobre su caso” (Albanese, Susana y Zuppi, Alberto L., “Los derechos de los pacientes en el complejo sistema asistencial”, L.L. 1989-B,pág. 758).- Siendo el “paciente “,titular de la historia clínica (conforme Ley 26.529/09, su modificatoria y el Decreto Reglamentario 1089 /12) y los que suscriben sus representantes legales, peticionan al efector de salud las copias ut supra mencionadas.-
Saluda atte.-
Luego del decreto reglamentario: la historia clínica DEBEN entregarla con un simple escrito-como el de arriba- sin necesidad de aseguramiento de pruebas o medida preliminar.-