Hola Estimados Colegas:
Les consulto la siguiente situación. Tengo una clienta a la que le hice hace unos meses un acuerdo de liquidación de la sociedad conyugal. Como lo único que había era un fondo de comercio que explotaba el marido, ellos acordaron que él se quedaba con el fondo de comercio y le pagaría a ella una suma dineraria en cuotas. El acuerdo fue homologado por el juez pero el cónyuge nunca pago ni una cuota. Le enviamos una carta docuemento pero tampoco pagó. Por lo tanto queremos iniciarle una ejecución. Tengo entendido que para estos casos va la figura del interventor recaudador.
La consulta es si está bien está medida cautelar y como se instrumenta. Por otra parte tengo dudas acerca de si tengo que hacer un embargo preventivo de la mercadería o no... si se la embargo no podría venderal... no sería contradictorio con el objetivo que persigo que es que venda mercadería y pague el acuerdo?
Qué les parece mejor?
Espero vuestros comentarios ansiosamente!
Gracias!!!
Les consulto la siguiente situación. Tengo una clienta a la que le hice hace unos meses un acuerdo de liquidación de la sociedad conyugal. Como lo único que había era un fondo de comercio que explotaba el marido, ellos acordaron que él se quedaba con el fondo de comercio y le pagaría a ella una suma dineraria en cuotas. El acuerdo fue homologado por el juez pero el cónyuge nunca pago ni una cuota. Le enviamos una carta docuemento pero tampoco pagó. Por lo tanto queremos iniciarle una ejecución. Tengo entendido que para estos casos va la figura del interventor recaudador.
La consulta es si está bien está medida cautelar y como se instrumenta. Por otra parte tengo dudas acerca de si tengo que hacer un embargo preventivo de la mercadería o no... si se la embargo no podría venderal... no sería contradictorio con el objetivo que persigo que es que venda mercadería y pague el acuerdo?
Qué les parece mejor?
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Gracias!!!