Buenas noches colegas, es mi primer juicio de daños (accidente tránsito) y la verdad no se bien como plantear la pregunta, trataré de ser breve y claro...
Voy por la actora, el perito médico presenta la pericia, (29 punt.incap.), confecciono las cédulas y le doy traslado a la demandada...ésta presenta un escrito impugnando y solicitando aclaraciones...y solicitando se de traslado al perito y en todo caso se pase a la asesoría médica departamental, sale luego el sig. despacho:
"Devuelta que sea la cédula librada en autos a fs. 459 vta., se proveerá, a petición de parte, lo que en derecho corresponda."
Bueno, las cédulas ya volvieron...pero la verdad es que ahora NO SE COMO SEGUIR!! tengo que peticionar algo??? tengo que hacer el traslado de la impugnación yo??? NECESITO ME ORIENTEN EN COMO SEGUIR ÉSTO!!! y desde ya como siempre, muchísimas gracias!!!
Voy por la actora, el perito médico presenta la pericia, (29 punt.incap.), confecciono las cédulas y le doy traslado a la demandada...ésta presenta un escrito impugnando y solicitando aclaraciones...y solicitando se de traslado al perito y en todo caso se pase a la asesoría médica departamental, sale luego el sig. despacho:
"Devuelta que sea la cédula librada en autos a fs. 459 vta., se proveerá, a petición de parte, lo que en derecho corresponda."
Bueno, las cédulas ya volvieron...pero la verdad es que ahora NO SE COMO SEGUIR!! tengo que peticionar algo??? tengo que hacer el traslado de la impugnación yo??? NECESITO ME ORIENTEN EN COMO SEGUIR ÉSTO!!! y desde ya como siempre, muchísimas gracias!!!
