Hola,
Me ocupo de un contrato cuyo fin es la mejora de la competencia lingüística en lengua inglesa del alumnado de secundaria y bachillerato de centros educativos. La actividad a desarrollar consiste en llevar a cabo inmersiones lingüísticas de 2 semanas en España con un equipo completamente bilingüe.
El problema es que los alumnos van a permanecer en el hotel y que podrían ser tentados por expediciones nocturnas o no sé que... ¿ En cuál medida puedo limitar la responsabilidad de los organizadores y poner en juego la de los alumnos? ¿ Hasta dónde debe extenderse la obligación de vigilancia de los organizadores?
Muchas gracias.
Me ocupo de un contrato cuyo fin es la mejora de la competencia lingüística en lengua inglesa del alumnado de secundaria y bachillerato de centros educativos. La actividad a desarrollar consiste en llevar a cabo inmersiones lingüísticas de 2 semanas en España con un equipo completamente bilingüe.
El problema es que los alumnos van a permanecer en el hotel y que podrían ser tentados por expediciones nocturnas o no sé que... ¿ En cuál medida puedo limitar la responsabilidad de los organizadores y poner en juego la de los alumnos? ¿ Hasta dónde debe extenderse la obligación de vigilancia de los organizadores?
Muchas gracias.
