Hola colegas, les cuento que no hago nada de comercial, el tema es que tengo una sentencia laboral firme y me presente a verificar credito en la quiebra de la demandada (en capital), contesto el sindico y finalmente el juez resolvio verificar el credito, por un lado una suma con privilegio especial y general y otra suma con privilegio general, tambien se otorgo el derecho al pronto pago de dicho credito.
Ahora mi pregunta es... y perdon por la ignorancia... como sigo? ante el desconocimiento pensaba que en la sentencia se intimaria al sindico para que en cierto plazo se haga efectivo el deposito, pero solo dice que se reconoce los creditos y nada mas.
Aclaro que en esta quiebra hay unos 50 inmuebles los cuales son alquilados para generar dinero para afrontar los juicios laborales, asi que hay de donde cobrarse.
Saludos y gracias
Ahora mi pregunta es... y perdon por la ignorancia... como sigo? ante el desconocimiento pensaba que en la sentencia se intimaria al sindico para que en cierto plazo se haga efectivo el deposito, pero solo dice que se reconoce los creditos y nada mas.
Aclaro que en esta quiebra hay unos 50 inmuebles los cuales son alquilados para generar dinero para afrontar los juicios laborales, asi que hay de donde cobrarse.
Saludos y gracias
