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  • 1er audiencia en el SECLO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #965733  por anasss
 
Hola colegas!!! tengo varias consultas respecto al SECLO, primero como cambio el sistema y ahora es todo via web, ya saque mi contraseña estoy registrada y ya me dieron el alta... Tengo que pedir una audiencia, al llenar los formularios me dice que mi cliente tiene que ir hasta el Seclo a pedir el turno?
Mi cliente no puede viajar a capital por que esta recien operada puedo ir yo directamente?
Necesito alguna autorizacion o documento para hacerlo?
En dicho turno que saco por internet es para otorgarme la fecha de audiencia?

Perdonen si alguna de las preguntas o todas son muy basicas la verdad es que nunca fui a una audiencia del SECLO y antes de mandarme una macana es preferible consultar!
 #966049  por GU
 
Podes pedirlo vos. http://www.trabajo.gov.ar/seclo/formularios.asp

Entra ahi y baja la carta poder. Que tu cliente la haga certificar y te la envie.

Con eso, sacas el turno y te presentas vos como apoderada.

Ahi te dan la fecha de la audiencia. En la audiencia tambien podes representar a tu cliente con ese poder (sacale una fotocopia).

Salutes!
 #966553  por anasss
 
gracias!!!! muchas gracias por tu ayuda!!!!! =)
 #966562  por anasss
 
ME QUEDO UNA DUDA LA CERTIFICACION ES POR ESCRIBANO PUBLICO NO?
 #966575  por GU
 
Si, pero te lo hacen mas barato en una comisaria o juzgado.

Salutes!
 #966803  por Natalia2012
 
Cuando decis que tu cliente no puede viajar a Capital....entiendo que el empleador tiene domicilio aca no es asi? o prestaba tareas en capital?....hace lo posible que tu cliente vaya a seclo a solicitar el turno, asi te ahorras todo el tema de la carta poder...pero eso lo tendras q analizar...
 #967028  por anasss
 
Si el trabajaba en capital, por eso el seclo. Pasa que si lo hago ir tengo que trasladarlo y todo, es un familiar. Y yo cuando voy a capital quiero aprovechar a hacer otras cosas y en ese caso no podria.

Voy a averiguar si en el Juzgado de paz certifican las firmas, si no no le va a quedar mas q ir al escribano.
Muchas gracias por sus respuestas.-