Gente, en el Juzgado Federal de Ushuaia interpuse un recurso de apelación el cual me lo concedieron en relación, con efecto devolutivo y sin efecto diferido. Hasta allí todo perfecto; no obstante, el Juzgado dispusó "Hagase saber a la apelante que por aplicación a lo dispuesto en el art. 251 del CPCCN y Res. Nº1185/01 de la ECSJN, dictada en virtud de la ley 25.453, deberá asumir la remisión del expediente a la Camara Federal de Comodoro Rivadavia, dentro del quinto día de encontrarse certificada y acreditar su envio en igual termino, bajo apercibimiento de tenerla por desistida".
Sé que tengo que presentar el memorial dentro de los 5 días en el mismo Juzgado, pero ¿a que se refiere cuando dice "dentro del quinto día de encontrarse certificada"?
Por otra parte, busque por todos lados la resolución 1185/01 y no he encontrado nada. ¿Alguien me podría dar una mano al respecto?
Muchas gracias a todos
Sé que tengo que presentar el memorial dentro de los 5 días en el mismo Juzgado, pero ¿a que se refiere cuando dice "dentro del quinto día de encontrarse certificada"?
Por otra parte, busque por todos lados la resolución 1185/01 y no he encontrado nada. ¿Alguien me podría dar una mano al respecto?
Muchas gracias a todos

