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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #958540  por PAUDOMINGUEZ
 
Hola les quiero consultar lo siguiente estoy por iniciar demanda sdm, todo el intercambio telegráfico se realizo por el decreto 326/56 que era el marco normativo de ese momento, ahora tengo que armar la demanda pero tenemos nueva ley sdm, ante esta situación la demanda debe ser presentada en el marco del antiguo decreto 326/56 Que regulaba la relación de las partes al momento del despido o tomando la nueva ley???
Gracias por ayudar
 #958543  por celioly
 
Hola. Mira, por aplicaciòn del principio protectorio se deberia tomar la norma màs favorable al trabajador.
Es decir, la regla de la norma mas favorable: cuando se presentan dos ò màs normas que eventualmente resulten aplicables a una misma situaciòn juridica, el juez debe inclinarse por aplicar la que resulta màs favorable al trabajador.
Es lo que yo creo. Esperemos a ver que opinan algunos de los colegas màs experimentados
 #958631  por Avolio
 
Hola!, el despido por lo que entiendo, se configuro con el decreto vigente. Toda la relacion,empezo y termino con el viejo decreto. Entiendo, que tiene que aplicarse ese regimen y no la nueva ley. Distinto era si empezabas el intercambio con el decreto y terminaba con la ley nueva.
Quizas podrias plantear la aplicacion de la nueva ley, pidiendo la inconsitucionalidad del decreto.
Es mi mera opinion. Quizas alguien inicio distinto y pueda dar su postura.
Saludos!
 #959135  por GU
 
Decreto. Las leyes no son retroactivas salvo que asi se disponga y este no es el caso.

Salutes!
 #959275  por gusgus
 
coincido con los dos colegas que opinaron en ultimo turno....

el principio de la norma mas favorable no implica aplicación retroactiva sino que supone dos normas que pudieran regir distintos momentos de la misma relación jurídica en el tiempo
 #966964  por PAUDOMINGUEZ
 
Hola retomo el tema para hacerles esta ultima consulta: que les parece si la demanda la realizo con el decreto ya que corresponde por estar vigente durante toda la relación laboral, y planteo la inconstitucionalidad del mismo pidiendo se aplique no la LCT como se hacia antes sino la nueva ley que rige SDM y realizo la liquidación segun esta ultima?
Saludos, gracias
 #967054  por GU
 
Practica las dos liquidacion para no caer en una pluspeticion inexcusable.

Salutes!
 #967145  por eltam88
 
Yo lo haría por la nueva ley (con basamento en su aplicación en razón de ser más favorable, regla que deriva del principio de progresividad) y subsidiarimente por el decreto. (Seguramente te dan una patada en el ...pero intentalo)

Entonces sería, nueva ley, en subsidio LCT y en subsidio decreto.