Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA SOBRE SICAM CON MORATORIA 24476.-

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #968238  por monicamabel01
 
Hola colegas:
Les hago una consulta: tengo un cliente que tiene la siguiente situación de revista: 09/1976 al 10/1998 aportó como taxista (Cat. 907), y desde el 11/1998 al 06/2004 en que le dieron de baja, aportó como monotributista (10). Cuando hacemos el SICAM le aparece deuda en dos períodos:06/1977 al 09/1991, y 04/2003 al 06/2004; la deuda más antigua según nos dijeron en Anses, corresponde a pagos hechos en una categoría que no era la correcta, porque están todos pagados en término. Por eso decidimos incluirla en moratoria 24.476, pero resulta que cuando le calculamos la deuda nos da: $ 1.236,43.- de capital y $ 247,36.- en concepto de intereses, y aparece Pago a cuenta aplicable: $ 1.483,79.-, Exceso no aplicable: $ 1.914,70.- Saldo a cancelar en cuotas: 0; la sumatoria de los pagos a cuenta y el exceso corresponden a un plan de regularización que le hizo el contador que tenía en su momento,y que el pagó en su totalidad (tiene todos los comprobantes del 23-08-2004 al 22-07-09 pagados en término) pero aparentemente no se los aplicaron. La pregunta es: Que hago? Envío el plan igual (aunque no sé si me va dejar enviarlo) a ver si le aplican esas sumas que tiene a su favor? Tengo que ir a la Afip a ver que pasó con el plan que tenía y que aparentemente no fue aprobado ó no tuvo vigencia? Desde ya les agradezco cualquier ayuda que me puedan dar para resolver esta situación.
 #968515  por MARIO1943
 
monicamabel01 escribió:Hola colegas:
Les hago una consulta: tengo un cliente que tiene la siguiente situación de revista: 09/1976 al 10/1998 aportó como taxista (Cat. 907), y desde el 11/1998 al 06/2004 en que le dieron de baja, aportó como monotributista (10). Cuando hacemos el SICAM le aparece deuda en dos períodos:06/1977 al 09/1991, y 04/2003 al 06/2004; la deuda más antigua según nos dijeron en Anses, corresponde a pagos hechos en una categoría que no era la correcta, porque están todos pagados en término. Por eso decidimos incluirla en moratoria 24.476, pero resulta que cuando le calculamos la deuda nos da: $ 1.236,43.- de capital y $ 247,36.- en concepto de intereses, y aparece Pago a cuenta aplicable: $ 1.483,79.-, Exceso no aplicable: $ 1.914,70.- Saldo a cancelar en cuotas: 0; la sumatoria de los pagos a cuenta y el exceso corresponden a un plan de regularización que le hizo el contador que tenía en su momento,y que el pagó en su totalidad (tiene todos los comprobantes del 23-08-2004 al 22-07-09 pagados en término) pero aparentemente no se los aplicaron. La pregunta es: Que hago? Envío el plan igual (aunque no sé si me va dejar enviarlo) a ver si le aplican esas sumas que tiene a su favor? Tengo que ir a la Afip a ver que pasó con el plan que tenía y que aparentemente no fue aprobado ó no tuvo vigencia? Desde ya les agradezco cualquier ayuda que me puedan dar para resolver esta situación.
1) LA DEUDA DEL 04/2003 AL 06/2004, NO ENTRA EN LA MORATORIA, SI TE ARROJA DEUDA LO RENUNCIAS CON AL LEY 25321
2) HAY UNA DIFERENCIA ENTRE LA DEUDA D E INTERESES MAS CAPITAL Y LOS 1483,79, ARROJA UNA DIFERENCIA DE $ 27, PARA QUE TE DE DEUDA -0- DEBES TENER UN ERROR AL TIPEAR
3) SI TENES UN CREDITO DE $ 1914,70, NO LO DEJAS COMO ESTA
4) IDEPENDIENTEMENTE DE LA JUBILACION, PODES IR A LA AFIP CON LOS COMPROBANTES ,PORQUE TENES DEUDA EXIGIBLE EN LOS PERIODOS NO PRESCRIPTO
 #968588  por monicamabel01
 
Hola Mario:
Gracias por la respuesta, lo que quería preguntarte es si la deuda que aparece como exceso la puedo aplicar a la cancelación de los períodos no prescriptos ,porque esa deuda del 2003/2004 la iba a pagar si no no llega con los años de servicios.
 #968621  por MARIO1943
 
monicamabel01 escribió:Hola Mario:
Gracias por la respuesta, lo que quería preguntarte es si la deuda que aparece como exceso la puedo aplicar a la cancelación de los períodos no prescriptos ,porque esa deuda del 2003/2004 la iba a pagar si no no llega con los años de servicios.
LA DEUDA QUE TIENE DEL 2003 AL 2004, ENTRO EN EL PLAN D E REGULARIZACION Y ESTAN PAGOS?, SI ES ASI, LO TENES QUE ARREGLAR EN AFIP, CON LOS COMPROBANTES
 #968865  por monicamabel01
 
Hola Mario:
Quería decirte que ayer fui a la Afip, y el empleado que me atendió me explicó que el plan anterior -que podría ser por la 25865- no impacta directamente en el SICAM, pero me dijo también que tenía dos opciones: podía iniciar la jubilación con las constancia de "Plan cancelado" que figura cuando ingresás a "Planes presentados", sin necesidad de acompañar los comprobantes porque los pagos están acreditados; ó bien puedo reformularlo por la 24476, en éste caso tengo que enviar el plan,y me va a dar 0 porque la deuda queda cancelada con los importes que tiene a su favor. Yo voy a elegir ésto último, es decir, reformular por 24476 porque en el SICAM actual le aparecen períodos impagos que no le incluyeron en el plan anterior, de lo contrario trendría que prescribirlos y no me parece porque le sobra saldo a su favor. No sé que hacer con los períodos no prescriptos del 2003/2004 (es casi un año) que tiene con deuda, porque le quedan a su favor $ 1.914,70.- que le figuran como "Exceso no aplicable": Podría pedir que se los apliquen a cuenta de la deuda que tiene por ese período? Me conviene renunciarlos por 25.321 y pedir que le devuelvan lo que pagó de más? Que te parece? Desde ya muchas gracias por tu respuesta.-