Estimados profesionales,
Recurro a este foro, dado que no poseo dinero y medios para pagar un abogado, asi como se me complica movilizarme dada una enfermedad motriz.
Debo presentar una denuncia ante un CGP y me gustaria en mi escrito, que me lo piden, incluir y citar algunos articulos de algunas leyes que correspondan en lo civil, penal y no se si alguna mas.
Basicamente, lo ocurrido es que:
Compre una pintura que decia ser apta para uso en interior de microondas y resulto ser que luego de 3 dias de pintado el mismo, sigue despidiendo olor a aguarrás. Segun 3 expertos que consulte, esta prohibido el uso de esmaltes sinteticos con base solvente de aguarrás mineral para el uso en contacto con alimentos.
Segun el 0800 del ANMAT, al cual llame y debo llamar nuevamente a la seccion inspeccion, ya de por si, que el bote de pintura, de plastico, solo contenga como informacion, industria argentina, 250cc, pintura para interior de microondas, y marca de fantasia, ademas de estar fuera de regla por eso solo, lo esta por ser un producto toxico y nocivo, prohibido para el uso en reparacion de microondas, que estan en contacto con la comida.
Luego de muchos mails que intercambie con la dueña del local, me reconocio que era resina sintetica y 20% de aguarras mineral, con lo cual, esta mas que claro que yo estaba en lo cierto y, usar el horno microondas con esa pintura es toxico.
No esta de mas aclarar, que yo pinte todo el interior porque habia pintura descascarada y ahora no puedo usar el aparato porque es altamente toxico, de hecho, si caliento 5 minutos el agua y abro la puerta, salen vapores con olor a solvente que me marean y producen dolor de cabeza, ademas de verse sobre el agua, gotitas de algun aceite, producto de los gases del aguarras que es un derivado aceitoso del petroleo, en este caso dado que es mineral, existe otro que es de origen natural y se extrae del Pino.
Por consiguiente, segun me explicaron, es imposible la reparacion, dado que, la pintura filtro, como es normal, entre las soldaduras de punto del mismo y la remocion no es posible, por tanto, debia tirar el aparato.
Consegui despues de mucho llamar, un chasis identico, que cambiere yo para ahorrar dinero, en 300 pesos.
Tengo factura de compra de la pintura, tengo el bote de pintura, y los mails, asi como el papel de presupuesto de la casa de service que me vende el chasis, sin mano de obra, asi que lo cambiaria yo mismo.
Ademas de eso me produjeron un daño, dado que no puedo usar el microondas hasta que lo repare, por el hecho de que padezco una enfermedad que no me permite levantar peso, manipular ollas con agua y estar parado mucho tiempo cocinando, por lo cual, yo hacia uso total del microondas para hervir pastas, papas, hacer te, café, etc.
En este momento tengo que recurrir a la ayuda de un tercero para estas tareas y no puedo valerme como corresponde por mi mismo, de hecho la compra del microondas fue por este motivo.
Me ofrecio en el ultimo mail la dueña, devolverme el dinero del producto, pero no menciono la reparacion de mi aparato, asi que, mi consulta es, ademas de la denuncia en el CGP y en ANMAT, como reclamo o procedo para que me pague el dinero del respuesto asi como que sea devuelto el dinero que abone y dicho sea de paso, clausuren el local o lo sancionen por vender este producto toxico a mansalva por mercadolibre, con 60 ventas realizadas, mayormente a tecnicos, con lo cual, el problema se amplifica por 300 al menos.
Las fuentes consultadas con respecto a los productos permitidos y los prohibidos fueron: Microondas Lanus, Ing Claudio Varela, Pinturerias Rex, Radio Victoria S.A., quien maneja Kelvinator.
Se que algunos articulos de la 24240 corresponden, pero calculo que en lo civil tambien, asi como otras leyes que desconozco.
Mi intencion es en primera instancia, recuperar mi dinero y que se hagan cargo de mis gastos por el daño producido por su producto.
En segunda instancia, que reciban una sancion o clausura, dado que ademas, quien le da nombre a la marca, es Eduardo Vitello, Pintor, y la pintura se llama Vitelux, y no es quimico ni mucho menos, o sea, no esta autorizado para fraccionar y vender ese tipo de cosas para uso en alimentos.
Espero que sean generosos por mas que no soy abogado, y, sepan que puedo devolverles el favor, mediante web y asistencia informatica, dado que me dedico a sistemas, diseño web, seguridad informatica, etc.
Saludos.

Recurro a este foro, dado que no poseo dinero y medios para pagar un abogado, asi como se me complica movilizarme dada una enfermedad motriz.
Debo presentar una denuncia ante un CGP y me gustaria en mi escrito, que me lo piden, incluir y citar algunos articulos de algunas leyes que correspondan en lo civil, penal y no se si alguna mas.
Basicamente, lo ocurrido es que:
Compre una pintura que decia ser apta para uso en interior de microondas y resulto ser que luego de 3 dias de pintado el mismo, sigue despidiendo olor a aguarrás. Segun 3 expertos que consulte, esta prohibido el uso de esmaltes sinteticos con base solvente de aguarrás mineral para el uso en contacto con alimentos.
Segun el 0800 del ANMAT, al cual llame y debo llamar nuevamente a la seccion inspeccion, ya de por si, que el bote de pintura, de plastico, solo contenga como informacion, industria argentina, 250cc, pintura para interior de microondas, y marca de fantasia, ademas de estar fuera de regla por eso solo, lo esta por ser un producto toxico y nocivo, prohibido para el uso en reparacion de microondas, que estan en contacto con la comida.
Luego de muchos mails que intercambie con la dueña del local, me reconocio que era resina sintetica y 20% de aguarras mineral, con lo cual, esta mas que claro que yo estaba en lo cierto y, usar el horno microondas con esa pintura es toxico.
No esta de mas aclarar, que yo pinte todo el interior porque habia pintura descascarada y ahora no puedo usar el aparato porque es altamente toxico, de hecho, si caliento 5 minutos el agua y abro la puerta, salen vapores con olor a solvente que me marean y producen dolor de cabeza, ademas de verse sobre el agua, gotitas de algun aceite, producto de los gases del aguarras que es un derivado aceitoso del petroleo, en este caso dado que es mineral, existe otro que es de origen natural y se extrae del Pino.
Por consiguiente, segun me explicaron, es imposible la reparacion, dado que, la pintura filtro, como es normal, entre las soldaduras de punto del mismo y la remocion no es posible, por tanto, debia tirar el aparato.
Consegui despues de mucho llamar, un chasis identico, que cambiere yo para ahorrar dinero, en 300 pesos.
Tengo factura de compra de la pintura, tengo el bote de pintura, y los mails, asi como el papel de presupuesto de la casa de service que me vende el chasis, sin mano de obra, asi que lo cambiaria yo mismo.
Ademas de eso me produjeron un daño, dado que no puedo usar el microondas hasta que lo repare, por el hecho de que padezco una enfermedad que no me permite levantar peso, manipular ollas con agua y estar parado mucho tiempo cocinando, por lo cual, yo hacia uso total del microondas para hervir pastas, papas, hacer te, café, etc.
En este momento tengo que recurrir a la ayuda de un tercero para estas tareas y no puedo valerme como corresponde por mi mismo, de hecho la compra del microondas fue por este motivo.
Me ofrecio en el ultimo mail la dueña, devolverme el dinero del producto, pero no menciono la reparacion de mi aparato, asi que, mi consulta es, ademas de la denuncia en el CGP y en ANMAT, como reclamo o procedo para que me pague el dinero del respuesto asi como que sea devuelto el dinero que abone y dicho sea de paso, clausuren el local o lo sancionen por vender este producto toxico a mansalva por mercadolibre, con 60 ventas realizadas, mayormente a tecnicos, con lo cual, el problema se amplifica por 300 al menos.
Las fuentes consultadas con respecto a los productos permitidos y los prohibidos fueron: Microondas Lanus, Ing Claudio Varela, Pinturerias Rex, Radio Victoria S.A., quien maneja Kelvinator.
Se que algunos articulos de la 24240 corresponden, pero calculo que en lo civil tambien, asi como otras leyes que desconozco.
Mi intencion es en primera instancia, recuperar mi dinero y que se hagan cargo de mis gastos por el daño producido por su producto.
En segunda instancia, que reciban una sancion o clausura, dado que ademas, quien le da nombre a la marca, es Eduardo Vitello, Pintor, y la pintura se llama Vitelux, y no es quimico ni mucho menos, o sea, no esta autorizado para fraccionar y vender ese tipo de cosas para uso en alimentos.
Espero que sean generosos por mas que no soy abogado, y, sepan que puedo devolverles el favor, mediante web y asistencia informatica, dado que me dedico a sistemas, diseño web, seguridad informatica, etc.
Saludos.
