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 #968598  por Anassalone
 
Muy buenos días!!!
Mi consulta es porque mi pareja vive en una casa en un terreno de propiedad de sus bisabuelos. O sea, no esta hecha la sucesión de los bisabuelos a los abuelos y de estos a los padres. Los abuelos ya fallecieron. La madre de mi pareja tiene 3 hermanos que junto con ella son los herederos. Nosotros queremos darles la parte de la propiedad en dinero a los hermanos para que podamos en un futuro hacer la sucesión y escriturar nosotros, pero por lo pronto que la propiedad quede a nuestro nombre y no puedan reclamar la parte en un futuro. Existe algún instrumento de carácter legal que no sea la sucesión (tipo un acta ante un escribano público) que firmen las partes cediendo los derechos hereditarios luego de recibir la parte de la herencia en dinero? Que nos quede como comprobante para futuros reclamos??

Muchísimas gracias a los que respondan!!! es importante que me digan sus opiniones a partir de la experiencia que tienen...igualmente esto lo consultaré con un escribano...pero no quiero llegar a ese momento desinformada. BESOS
 #968623  por andresxeneizes
 
yo entiendo que una cesion de derechos hereditarios seria lo mejor, igual consultalo con el escribano que vayas a hacer el tema para ver que opina, y despues tienen que iniciar todas las sucesiones para inscribir el inmueble a tu nombre
 #968650  por Anassalone
 
Hola Andrés gracias por la respuesta! Sabes si lo que se firma tiene valor legal? Como se llama el documento? Saludos!
 #968651  por andresxeneizes
 
se llama "cesion de derechos hereditarios", si el escribano te dice que es viable obviamente tiene validez, pero la viabilidad vas a tener que consultarla con el escribano que es en definitiva quien va a firmar todo