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  • Sucesión. Bien en condominio

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 #966032  por juantolo
 
Estimados colegas, quisiera saber si alguien puede orientarme un poco.
Me trajeron al estudio una sucesión de ambos esposos a iniciar por los 3 hijos, por un único bien ganancial. El caso tiene algunas particularidades:

- El terreno lo tenian los causantes en condominio con otra persona también fallecida
- Mi cliente, uno de los hijos, compro por boleto a su padre el 50 % indiviso, pero solo al padre, la madre ya había fallecido (entiendo que el Sr. solo le podría haber vendido el 25%)
- El padre dejó firmado un poder especial irrevocable post morten por 15 años (aun vigente) a favor de una tercera persona para que le escriture a mi cliente respecto del 50 % indiviso.
- Actualmente mi cliente vive en el terreno.

Mis dudas son:
¿Se puede hacer valer el boleto en la sucesión? ¿En tal caso por el 25% o el 50%? Teniendo en cuenta que solo vendió un cónyuge. (tiene firmas certificadas)
¿El poder es válido? En tal caso ¿podría escriturar por el 25% o 50%?

El problema de todo esto es que el bien está en condominio con otra persona también fallecida. ¿Se puede iniciar la sucesión y luego escriturar a mis clientes su parte y luego subdividir o constituir como PH? ¿o debe también estar resuelta la otra sucesión?

La idea es precisamente iniciar la sucesión y comprar a los restantes hermanos las respectivas partes o firmar cesiones de derechos.

El terreno es de 10 de frente por 21 de fondo. La parte de adelante corresponde a una familia y la de atrás a la otra. No se si puede subdivir con esas medidas.

Si alguien me puede orientar un poco les agradecería ya que nunca me ha pasado algo parecido.
Desde ya muchas gracias.-
 #969026  por abogadamdq
 
Estimados colegas, quisiera saber si alguien puede orientarme un poco.
Me trajeron al estudio una sucesión de ambos esposos a iniciar por los 3 hijos, por un único bien ganancial. El caso tiene algunas particularidades:

- El terreno lo tenian los causantes en condominio con otra persona también fallecida
- Mi cliente, uno de los hijos, compro por boleto a su padre el 50 % indiviso, pero solo al padre, la madre ya había fallecido (entiendo que el Sr. solo le podría haber vendido el 25%)
- El padre dejó firmado un poder especial irrevocable post morten por 15 años (aun vigente) a favor de una tercera persona para que le escriture a mi cliente respecto del 50 % indiviso.
- Actualmente mi cliente vive en el terreno.

Hola, si los causantes eran los titulares registrales del bien en condominio junto con un tercero que también ha fallecido, deberían los hijos del matrimonio fallecido inciar la sucesión de sus padres solicitando acumulación de ambas sucesiones en el escrito de inicio, pueden así mismo designar administrador del sucesorio a uno de los herederos y solicitar también en el escrito de inicio que se designe como administrador provisorio de la sucesión al heredero propuesto. Designado el administrador provisorio, iniciar juicio de división de condominio contra los herederos del condómino fallecido. Otra opción es iniciar ambas sucesiones, llegar a la declaratoria de herederos, y luego de dictada la misma iniciar juicio de división de condominio contra los herederos del condómino fallecido.
De acuerdo a que camino se tome, si por ejemplo tramitan sucesión hasta declaratoria, y sin tramitar división de condominio, heredarían el 50% del bien indiviso, tu cliente podría ofrecer comprar las partes de los restantes herederos, o llegar a una adjudicación total del 50% del bien indiviso en virtud de acuerdo particionario entre herederos, o haberse presentado en la sucesión cesión de derechos hereditarios de los restantes herederos a favor de tu cliente. De darse alguna de dichas posibilidades, restaría inscribir en el Registro de la Propiedad el 50 % indiviso a favor de tu cliente. Como titular registral, iniciar acción de división de condominio contra los herederos del condómino fallecido.
Dejaría de lado lo del boleto de compraventa, el poder irrevocable que por otro lado ya no es válido, por muerte del poderdante.
 #969118  por abogadamdq
 
Además hay otros aspectos a tener en cuenta: que el boleto lo podrían cuestionar los restantes co-herederos alegando donación simulada, y afectación de la legitima que les corresponde.
Si todos los herederos demandan división de condominio hay litisconsorcio activo, no así si demanda el administrador del sucesorio o si tu cliente fuera el único adjudicatario de los bienes, y habiendo varios condóminos, hay litisconsorcio pasivo.
Si tu cliente ha estado en uso exclusivo del bien, los otros coherederos podrían reclamarle canon locativo, como así también los condóminos, y tu cliente podría contestar oponiendo las mejoras realizadas en el bien y el pago de impuestos y tasas.