Así sencillito te voy a explicar algo que, con mucho mucho esfuerzo quizás entiendas...
Había un tipo que se llamaba Kelsen (después lo siguio Cossio), que decía basicamente que existen normas primarias, del tipo dado A, debe ser B. Cossio distingue la endonorma de la perinorma, o sea, dado A debe ser B, si no hay una sanción C.
También existen normas secundarias, o sea, las que regulan o refieren a otras normas.
Lamentablemente para vos, no todas las normas se organizan en esa forma tan simplista y lógica que presenta, a simple vista el código penal, no siempre hay una ley que contiene dos articulos cuyo contenido es:
Art. 1 " En caso de recargarse la tarjeta sube la misma debe hacerse sin cobrar ningún extra, si así se hiciere será sancionado con multa de...". El derecho es, en general, y, aunque no lo entiendas, un sistema. Encabezado por la constitucion nacional y los tratados internaciones con jerarquia, los tratdos y seguido por leyes, decretos, resoluciones, etc., y, juegan tambien los contratos particulares.
El contrato, aunque no lo creas tiene fuerza de ley entre las partes.
Vos querés que te digamos una ley que contenga un articulo que diga expresamente que está prohibido, porque, sino, para vos no tiene validez, la verdad, no sé si existe, tampoco me quita el sueño. De la interpretación integral del derecho surge que no, que no podés cobrar, tampoco existe una clausula que diga que podés hacer lo que se te cante y, de hecho, existe un anexo (contrato de adhesión) que dice expresamente que no se puede cobrar por un servicio u obligar a consumir un producto.
Según vos no te toca porque no sos proveedor, sino punto de venta, yo te invito a que interpretes el contrato en forma íntegra, a que leas el código civil, estudies derecho administrativo, derecho constitucional, y civil III (contratos) y después nos cuentes si seguís entendiendo que vos no tenés relación con ese contrato. Para mi resulta muy clarito que si...Que el proveedor le da el aparatito a una serie de sujetos que los llama "puntos de ventas" y son ellos los que no pueden cobrar, si no... a quién se refiere?
A ver genio, vos te crees que una empresa que se encarga de proveer los aparatitos y factura mil o 10 mil veces lo que vos facturas es tan salame de no estar mejor asesorados que con un kiosquero y andar repartiendo los posnet y despues decir que es responsable él por lo que hagan los puntos de vista?
Querido, si tu empleado se queda con un vuelto, es TU DEPENDIENTE...