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  • Nulidad de Declaración Testimonial

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 #969322  por Aurelií©n
 
Tengo que contestar un traslado de pedido nulidad de Declaración Testimonial. La contraria funda su pedido en que fue notificada de la apertura a prueba en su domicilio real y no al constituido como hubiese correspondido, además que esta notificación la recibió un día antes de la audiencia testimonial en su domicilio real, esto la llevó a que recién 4 días después se enterara de la audiencia y que por la tanto no ha podido participar en la producción de la prueba testimonial que llevó adelante el actor en claro perjuicio del principio de defensa en juicio y del debido proceso. Solicita se deje sin efecto la declaración testimonial y se fije nueva audiencia testimonial.
Les informo que después que pedí al juez que fijara una nueva audiencia testimonial y este la fijara, intenté notificar con 3 semanas de anticipación a la contraria que se había fijado una nueva audiencia testimonial pero el juzgado me observó la cédula de notificación poniéndome en la cédula que no había que notificar a la contraria de esta audiencia, que sólo se notificaba al testigo.
¿Les parece que puede proceder el pedido de nulidad de la demandada?, se me ocurre que no procede la nulidad por la nulidad misma, cuando el acto cumple la finalidad a la cual estaba destinado, además que perjuicio irreparable ha sufrido la contraria?: procedería el rechazo de la nulidad con este argumento??? , ¿qué otros argumentos se les ocurre?. Tiene alguien jurisprudencia para pasarme y agregar al escrito???? agradeceré cualquier ayuda u opinión. no encuentro jurisprudencia ni doctrina sobre nulidad de audiencia testimonial.
Saludos.
 #969355  por santiheladero
 
Si notificaste al domicilio real notificaste mal...Ahora, si ella planteo la nulidad en la produccion de esa prueba y vos ya pediste una nueva audiencia, pedi que se declare la cuestion abstracta asi no le dan muchas vueltas. El pedido de nulidad lo tenes perdido. Y en ese mismo escrito pedi nueva fecha y notifica al constituido. Por otro lado, el perjuicio que sufrio la otra parte es evidente.
 #969376  por Aurelií©n
 
santiheladero escribió:Si notificaste al domicilio real notificaste mal...Ahora, si ella planteo la nulidad en la produccion de esa prueba y vos ya pediste una nueva audiencia, pedi que se declare la cuestion abstracta asi no le dan muchas vueltas. El pedido de nulidad lo tenes perdido. Y en ese mismo escrito pedi nueva fecha y notifica al constituido. Por otro lado, el perjuicio que sufrio la otra parte es evidente.
Gracias por la respuesta.
La nueva audiencia que pedí y me fijaron es la que la contraria está pidiendo la nulidad, lo que quise explicar que traté de notificar con 3 semanas de anticipación a la contraria que se había fijado esta nueva audiencia testimonial, pero el juzgado me observó la cédula de notificación informándome que no había que notificar a la contraria de esta audiencia, que sólo tenía que notificar al testigo.. Si no hay que notificar a la contraria de la audiencia testimonial, ésta tendría que haberse notificado ministerio legis: Por tanto, ¿te parece que la contraria puede pedir la nulidad de la declaración testimonial?.
 #969399  por ladocgu
 
Entiendo que su pedido de nulidad procede porque lo que reclama es que no fue notificado fue la apertura a prueba no la primer audiencia ¿me explico?. Que dijo el Juez en el proveido de ese pedido? Ahí va a estar tu respuesta sin duda.
 #969407  por Aurelií©n
 
ladocgu escribió:Entiendo que su pedido de nulidad procede porque lo que reclama es que no fue notificado fue la apertura a prueba no la primer audiencia ¿me explico?. Que dijo el Juez en el proveido de ese pedido? Ahí va a estar tu respuesta sin duda.
Gracias por responder.
Si te referís al proveído de mi pedido de nueva audiencia , esta decía: A fin del que el testigo preste declaración testimonial, desígnese nueva audiencia para el................y como supletoria la del día .......... Notifíquese.
Este es el proveído que intenté notificar a la contraria, pero, como dije, el juzgado me observó la cédula diciendo que no procedía la notificación a la contraria, que sólo notificara de la nueva audiencia al testigo.
No veo la respuesta que puedo encontrar en este proveído del juez.
Saludos
 #970145  por ladocgu
 
No, me refería al proveído anterior, cuando pediste apertura a prueba.
 #970178  por Aurelií©n
 
ladocgu escribió:No, me refería al proveído anterior, cuando pediste apertura a prueba.
Este es el auto que de la apertura de pruebas y en la que se provee a las mismas:
I.- Atento al estado de autos, fijase en 30 dìas el plazo para producir las pruebas ofrecidas (art 498 CPCC). Notifíquese.-
II.- Proveyendo la prueba ofrecida por la actora a fs. 12:
Documental: Tiènese presente.
Informativa: líbrese el oficio solicitado.
Pericial: De la oposición formulada por la demandada a fs. 31, traslado a la actora. Notifíquese.-
Testimonial: A fin de que el Sr. Carlos Rosi preste declaración testimonial, designese audiencia para el 8/5/13 a las 10 hs. Como supletoria la del día 30/5/13 a las 10hs. Notifíquese.-
Todavía no encuentro la respuesta. El notifíquese de la prueba de testigos es para el testigo no para la contraria.
Saludos
 #976803  por ladocgu
 
Aurelií©n escribió:
ladocgu escribió:No, me refería al proveído anterior, cuando pediste apertura a prueba.
Este es el auto que de la apertura de pruebas y en la que se provee a las mismas:
I.- Atento al estado de autos, fijase en 30 dìas el plazo para producir las pruebas ofrecidas (art 498 CPCC). Notifíquese.-
II.- Proveyendo la prueba ofrecida por la actora a fs. 12:
Documental: Tiènese presente.
Informativa: líbrese el oficio solicitado.
Pericial: De la oposición formulada por la demandada a fs. 31, traslado a la actora. Notifíquese.-
Testimonial: A fin de que el Sr. Carlos Rosi preste declaración testimonial, designese audiencia para el 8/5/13 a las 10 hs. Como supletoria la del día 30/5/13 a las 10hs. Notifíquese.-
Todavía no encuentro la respuesta. El notifíquese de la prueba de testigos es para el testigo no para la contraria.
Saludos

Y si, ahi esta tu respuesta, item I. Decía que debías notificarlo de la apertura a prueba. y es al Constituido.