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  • lanzamiento como procedo?

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 #969745  por jovenabogada23
 
buenas tardes colegas, tengo un juicio de desalojo con sentencia favorable, en la sentencia dice exactamente " deberá desocupar el inmueble dentro de los 10 días de notificada la sentencia bajo apercibimiento de lanzamiento".. notificamos la sentencia al domicilio real y no recibieron la cedula, entonces se pidió que se notifique al constituido, se hizo lugar a la petición y tmb se ordeno librar mandamiento de constatación a los efectos de saber si estaba o no ocupado el inmuble... confeccione la cedula y la deje en el juzgado, volvió diciendo " que no habiendo respondido nadie a sus llamados y al ser domicilio constituido, procedimos a dejar la cedula pegada en la puerta", estaría notificado y ya pasaron los 10 días que debería haber desocupado, que debo hacer? terminar el diligenciamiento del mandamiento de constatación y con ese resultado en caso de que continue ocupado, pedir por escrito que se lleve a cabo el lanzamiento??
saludos!
 #970027  por kantaclaro
 
Así es, pedí el lanzamiento y ordenado confecciona mandamiento. Sds
 #970450  por jovenabogada23
 
gracias.. te hago una pregunta mas.. estaria bien notificado que haya sido al domicilio constituido no? pq cuando agarre el expediente, previamente la letrada habia librado cedula al domicilio real, volvio rechazada, entonces pidio librarse en el constituido y despues renuncio la letrada y ahi intervine yo.. libre cedula al constituido como se ordeno en el expediente. El oficial fue y dejo la cedula pegada en el constituido... son esos los pasos no??
 #970651  por kantaclaro
 
La notificación para que proceda a desocupar está bien dirigida al constituido. Sds