El art. 3 de la 19... Al hablar de competencia de los órganos dice que "...será la que resulte ... De la CN, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia .
lolettttttt
zaffaroni escribió:Zaffaroni, yo estoy de acuerdo con vos, y no, por suerte no me recibí en la misma facultad que Cristina, si es que se recibió (cuestión a parte). Siendo "facultativa" el patrocinio en ANSeS, no les estaría dando letra a ellos para decir que, entonces, pueden dar los turnos en el domicilio del titular, dado que... SI QUIERE puede designar un abogado y no es obligatorio????dool escribió:Si yo quiero que me represente el Dr X, el deberá constituir domicilio donde corresponda, no donde tenga su estudio.el DONDE como ud. dice no debe ser caprichoso sino sujeto a la 19549 y esta no me obliga a concurrir al domicilio del titular. capito
No te están denegando el derecho a que nadie en general ni en particular te represente, insisto, sino que le están indicando a tu a tu abogado DONDE hacerlo.
Saludos!
petitium escribió:La chola nos esta boludenado a todos, pero si a partir de ahora el ANSES se quiere manejar con las reglas el CPCCN, no nos impide trabajar, sino ocurrir en la jurisdicción que corresponda.....Ej. domicilio del deudor, domicilio del causante, etc. En este caso seria "domicilio del titular"anses, como entidad autarquica que es, en la orbita de los tramites administrativos no puede manejarse cuando se le cante con las reglas del cpccn -menos en perjuicio del administrado -, sino que debe regirse por la ley 19549. no olviden ademas que la asistencia y patrocinio letrado son facultativos. hacer un paralelo con la justicia es algo que no tiene gollete, ya sabemos que anses es un organismo nacional y la justicia se divide por fueros, nada tiene que ver una cosa con otra. para rematarla le digo que anses no puede diferenciar tipo de tramite en base a quien solicite el turno de atencion, eso ademas de ser discriminatorio no tiene fundamento legal alguno, asi que no digan burradas por favor en serio voy a pensar que se recibieron en la misma universidad que kristina
dool escribió:El art. 3 de la 19... Al hablar de competencia de los órganos dice que "...será la que resulte ... De la CN, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia .el organo es anses, es uno solito a lo largo y ancho del pais, las udais no son organos sino simples descentralizaciones del ente autarquico que se crearon con la supuesta intencion de acortar las distancias y facilitarle los tramites a los administrados. me parece que debe estudiar un poco mas el articulo que cita para profundizar acerca de la competencia a la que el mismo se refiere, busque una ley comentada o recurse derecho administrativo le recomiendo la catedra del dr gordillo en la uba. en su caso el art 1 del dto 1759 podria tener mas que ver con el tema de los turnos y la supuesta competencia que pretenden arbitrar los bossio boys Los expedientes administrativos tramitarán y serán resueltos con intervención del órgano al que una ley o un decreto hubieren atribuido competencia; en su defecto actuará el organismo que determine el reglamento interno del Ministerio o cuerpo directivo del ente descentralizado, según corresponda. por supuesto que ello no implica que anses pueda legislar a traves de sus benditas circulares, instrucciones y demas inventos, y crear institutos -tal seria el caso de inventar una competencia territorial- que la ley de procedimientos no prevee. aca todos los que dicen que no ven argumentos juridicos para que prospere una accion estan invirtiendo la carga probatoria, es anses el que tiene que fundar la supuesta legalidad de su proceder, a los abogados ya nos basta con mostrar que tenemos que recorrer el pais para iniciar tramites administrativos y tan solo por el capricho de un inutil. ademas no hay que desestimar el contexto en visrtud del cual se toma esa determinacion, carteles en las udais refiriendo a estafas de abogados, cierre de udai profesionales, y una bateria de burradas lanzadas a traves del lema democratizacion de la justicia , todo parte de el mismo gobierno en un mismo momento. nada es causalidad no tiene que ser muy k un juez para no dar lugar a semejante atroepllo, y que los hay ya sabemos, pero eso es otra cosa muy distinta a decir que no tenemos argumentos. lo que no esta prohibido esta permitido, y a mi ninguna ley me impide iniciar una jubilacion en la udai mas cercana a mi domicilio constituido. con ese antiguo -pero siempre vigente- adagio del derecho vamos a donde querramos
zaffaroni escribió:Hola: Sr. Zaffaroni me disculpo con Ud. porque en muchas ocasiones lo no tan sarcástico que me choca su actitud. Pero admito estoy de acuerdo con los conceptos vertidos y adhiero.dool escribió:El art. 3 de la 19... Al hablar de competencia de los órganos dice que "...será la que resulte ... De la CN, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia .el organo es anses, es uno solito a lo largo y ancho del pais, las udais no son organos sino simples descentralizaciones del ente autarquico que se crearon con la supuesta intencion de acortar las distancias y facilitarle los tramites a los administrados. me parece que debe estudiar un poco mas el articulo que cita para profundizar acerca de la competencia a la que el mismo se refiere, busque una ley comentada o recurse derecho administrativo le recomiendo la catedra del dr gordillo en la uba. en su caso el art 1 del dto 1759 podria tener mas que ver con el tema de los turnos y la supuesta competencia que pretenden arbitrar los bossio boys Los expedientes administrativos tramitarán y serán resueltos con intervención del órgano al que una ley o un decreto hubieren atribuido competencia; en su defecto actuará el organismo que determine el reglamento interno del Ministerio o cuerpo directivo del ente descentralizado, según corresponda. por supuesto que ello no implica que anses pueda legislar a traves de sus benditas circulares, instrucciones y demas inventos, y crear institutos -tal seria el caso de inventar una competencia territorial- que la ley de procedimientos no prevee. aca todos los que dicen que no ven argumentos juridicos para que prospere una accion estan invirtiendo la carga probatoria, es anses el que tiene que fundar la supuesta legalidad de su proceder, a los abogados ya nos basta con mostrar que tenemos que recorrer el pais para iniciar tramites administrativos y tan solo por el capricho de un inutil. ademas no hay que desestimar el contexto en visrtud del cual se toma esa determinacion, carteles en las udais refiriendo a estafas de abogados, cierre de udai profesionales, y una bateria de burradas lanzadas a traves del lema democratizacion de la justicia , todo parte de el mismo gobierno en un mismo momento. nada es causalidad no tiene que ser muy k un juez para no dar lugar a semejante atroepllo, y que los hay ya sabemos, pero eso es otra cosa muy distinta a decir que no tenemos argumentos. lo que no esta prohibido esta permitido, y a mi ninguna ley me impide iniciar una jubilacion en la udai mas cercana a mi domicilio constituido. con ese antiguo -pero siempre vigente- adagio del derecho vamos a donde querramos
zaffaroni escribió:dool escribió:El art. 3 de la 19... Al hablar de competencia de los órganos dice que "...será la que resulte ... De la CN, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia .el organo es anses, es uno solito a lo largo y ancho del pais, las udais no son organos sino simples descentralizaciones del ente autarquico que se crearon con la supuesta intencion de acortar las distancias y facilitarle los tramites a los administrados. me parece que debe estudiar un poco mas el articulo que cita para profundizar acerca de la competencia a la que el mismo se refiere, busque una ley comentada o recurse derecho administrativo le recomiendo la catedra del dr gordillo en la uba. en su caso el art 1 del dto 1759 podria tener mas que ver con el tema de los turnos y la supuesta competencia que pretenden arbitrar los bossio boys Los expedientes administrativos tramitarán y serán resueltos con intervención del órgano al que una ley o un decreto hubieren atribuido competencia; en su defecto actuará el organismo que determine el reglamento interno del Ministerio o cuerpo directivo del ente descentralizado, según corresponda. por supuesto que ello no implica que anses pueda legislar a traves de sus benditas circulares, instrucciones y demas inventos, y crear institutos -tal seria el caso de inventar una competencia territorial- que la ley de procedimientos no prevee. aca todos los que dicen que no ven argumentos juridicos para que prospere una accion estan invirtiendo la carga probatoria, es anses el que tiene que fundar la supuesta legalidad de su proceder, a los abogados ya nos basta con mostrar que tenemos que recorrer el pais para iniciar tramites administrativos y tan solo por el capricho de un inutil. ademas no hay que desestimar el contexto en visrtud del cual se toma esa determinacion, carteles en las udais refiriendo a estafas de abogados, cierre de udai profesionales, y una bateria de burradas lanzadas a traves del lema democratizacion de la justicia , todo parte de el mismo gobierno en un mismo momento. nada es causalidad no tiene que ser muy k un juez para no dar lugar a semejante atroepllo, y que los hay ya sabemos, pero eso es otra cosa muy distinta a decir que no tenemos argumentos. lo que no esta prohibido esta permitido, y a mi ninguna ley me impide iniciar una jubilacion en la udai mas cercana a mi domicilio constituido. con ese antiguo -pero siempre vigente- adagio del derecho vamos a donde querramos
zaffaroni escribió:que no esta prohibido esta permitido, y a mi ninguna ley me impide iniciar una jubilacion en la udai mas cercana a mi domicilio constituido. con ese antiguo -pero siempre vigente- adagio del derecho vamos a donde querramosTal cual como Ud. dice Zafaroni, un soft de turnos creado por la ANSES no puede ni debe prohibirnos iniciar trámites en la UDAIS más cercanas a nuestros estudios, con un programita la ANSES esta violando nuestra libertad de trabajo, no hay ninguna norma legal que nos limite territorialmente a iniciar una jubilación. Saludos
draprevibai escribió: Hola: Sr. Zaffaroni me disculpo con Ud. porque en muchas ocasiones lo no tan sarcástico que me choca su actitud . Pero admito estoy de acuerdo con los conceptos vertidos y adhiero.si le parezco sarcastico es un grave problema el que ud tiene, igualmente la apoyo en eso de que son los alimentos los que aca se juega, ni mas ni menos que nuestros honorarios nuestro morfi, algunos todavia no lo han entendido
Con relación a los planteos que leído de varios foristas con relación a la caja de jubilaciones, puedo decir que si bien no estoy de acuerdo en el manejo que se hace y quizás merezca una revisión exhaustiva; le aseguro que ANSES no es la mejor opción salvo que pretenda jubilarse con una mínima después de aportar 30 años; por supuesto dejando a salvo la opción de no aportar y esperar una moratoria futura para poder acceder a la misma, o bien hacer juicio durante años para acceder a una jubilación digna. Sin ir mas lejos el caso de un Sr. contador amigo que después de 41 años de aportes a la caja de previsión de autónomos hoy tiene como beneficio una mínima, y con trámite de reajuste iniciado. Creo que más preocupante es el pago de una matriculación de $1600. anuales y $65. por cada expte que se ingresa al igual que $670. en Capital Federal más $35 por expte. y nadie en estos colegios que dicen representarnos hace nada por nosotros, más que sentarse haber que argumento presentar ante la justicia por algo tan importante como para que se suspendan los descensos y evitar que no descienda independiente. Con relación a las asignaciones por hijo y otros tantos planes el gobierno no debería utilizar el dinero de las cajas de jubilaciones, sino destinar fondos de los tantos impuestos que nos cobran. Además aclaro a mi no me resulta nada fácil hacer frente al pago de las matrículas como de caja previsional, mas de una vez he debido y luego tuve que regularizar mi situación porque todo no se podía. Y en más de una oportunidad le he tenido que decir a mis hijos que no podíamos ir de vacaciones o comprar alguna cosa que se les antojara. Yo no vivo con lujos ni soy una abogada exitosa, simplemente soy una madre que trabaja, y que quiere otro país sus hijos. Si reclamar por nuestro trabajo, con el cual se están metiendo desde hace un tiempo y cada vez más, es hacer política (aclaración para algún forista maleducado o mal aprendido) el derecho me lo dió mis hijos, estoy defendiendo el derecho a tener sus alimentos como corresponde. Perdón por el enojo pero es desgastante todas las mañanas y no saber con que otro disparate te vas a encontrar.
zaffaroni escribió:draprevibai escribió: Hola: Sr. Zaffaroni me disculpo con Ud. porque en muchas ocasiones lo no tan sarcástico que me choca su actitud . Pero admito estoy de acuerdo con los conceptos vertidos y adhiero.si le parezco sarcastico es un grave problema el que ud tiene, igualmente la apoyo en eso de que son los alimentos los que aca se juega, ni mas ni menos que nuestros honorarios nuestro morfi, algunos todavia no lo han entendido
Con relación a los planteos que leído de varios foristas con relación a la caja de jubilaciones, puedo decir que si bien no estoy de acuerdo en el manejo que se hace y quizás merezca una revisión exhaustiva; le aseguro que ANSES no es la mejor opción salvo que pretenda jubilarse con una mínima después de aportar 30 años; por supuesto dejando a salvo la opción de no aportar y esperar una moratoria futura para poder acceder a la misma, o bien hacer juicio durante años para acceder a una jubilación digna. Sin ir mas lejos el caso de un Sr. contador amigo que después de 41 años de aportes a la caja de previsión de autónomos hoy tiene como beneficio una mínima, y con trámite de reajuste iniciado. Creo que más preocupante es el pago de una matriculación de $1600. anuales y $65. por cada expte que se ingresa al igual que $670. en Capital Federal más $35 por expte. y nadie en estos colegios que dicen representarnos hace nada por nosotros, más que sentarse haber que argumento presentar ante la justicia por algo tan importante como para que se suspendan los descensos y evitar que no descienda independiente. Con relación a las asignaciones por hijo y otros tantos planes el gobierno no debería utilizar el dinero de las cajas de jubilaciones, sino destinar fondos de los tantos impuestos que nos cobran. Además aclaro a mi no me resulta nada fácil hacer frente al pago de las matrículas como de caja previsional, mas de una vez he debido y luego tuve que regularizar mi situación porque todo no se podía. Y en más de una oportunidad le he tenido que decir a mis hijos que no podíamos ir de vacaciones o comprar alguna cosa que se les antojara. Yo no vivo con lujos ni soy una abogada exitosa, simplemente soy una madre que trabaja, y que quiere otro país sus hijos. Si reclamar por nuestro trabajo, con el cual se están metiendo desde hace un tiempo y cada vez más, es hacer política (aclaración para algún forista maleducado o mal aprendido) el derecho me lo dió mis hijos, estoy defendiendo el derecho a tener sus alimentos como corresponde. Perdón por el enojo pero es desgastante todas las mañanas y no saber con que otro disparate te vas a encontrar.