Hola! gracias! si...eso ya esta. El contrato nada dice y a la Superintendencia ya llamé. Ellos me informaron que la unica obra social que cubre la internacion geriatrica es PAMI, pero que por la 24.901, puedo reclamar la asistencia en un hogar (geriatrico) y la deben cubrir...pero...pueden ellos elegir donde.
Ahora te muestro como la encare, mi duda radica en el tema de la representacion (la madre discapacitada esta como "alta madre") la titular es la hija! y tiene hecho el tramite de persona a cargo en el CGP....
Les paso el modelo para ver que opinan.
En mi carácter de afiliada titular Nºxxxxx y en representación de mi madre, Sra. xxxxxxx, DNI xxxxx, afiliada Nº xxxxx, intimo a Uds. por el plazo de 72 hs. a dar cobertura al 100% del costo de internación geriátrica y medicamentos prescriptos, conforme ley 24.901. Que la cobertura y provisión de las prestaciones solicitadas resultan imprescindibles para la preservación de la salud de mi madre, conforme a su condición de discapacitada (art. 2 Ley 22. 431). Que conforme se acredita con la historia clínica, mi madre tiene antecedentes de xxxxxxxxxxxx No puede vivir sola, ni valerse por si misma, situación que vuestra empresa conoce por los servicios domiciliarios autorizados. Fundo el reclamo en lo dispuesto por Nuestra Constitución Nacional Art. 75 Inc. 23, Ley 26.378, los arts. 1, 18 y ss. Ley 24.901, Ley 22.431, y demás normas concordantes. Cabe aclarar que las prescripciones médicas fueron efectuadas por médicos tratantes y especialistas de xxxxxx. Todo lo expuesto permite destacar la condición y el grave estado de salud de mi madre. Que pese al tiempo transcurrido y a las innumerables peticiones verbales no han cumplido con su obligación de cobertura ni nos han informado nada al respecto. La actitud de negarme una vez más la prestación solicitada seria arbitraria, discriminatoria e ilícita, ya que contraviene la normativa vigente que garantiza su derecho a una cobertura integral. Es por ello que a los fines de resguardar los derechos de mi madre, en especial aquellos vinculados con la asistencia y cuidados especiales que se encuentran receptados en nuestro derecho interno (Art. 75 Inc. 23 CN) y en caso de no otorgar la cobertura solicitada en el plazo de intimación, iniciaré las acciones judiciales correspondientes y realizaré la correspondiente denuncia ante la Superintendencia de Salud. QUEDAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.