Hola, tengo un cliente que recibió una donación de un inmueble, pero resulta que tiene dos embargos. Que puede hacer? Acepta la donación y deja constancia que no se hace cargo de los embargos? o puede pagar la deuda, y reclamar a la sucesión del donante el reintegro de lo pagado? Gracias!
Buenas noches. Pienso que tienen que concurrir a una escribanía el administrador de la sucesión o todos los herederos, los acreedores y el comprador . Realizar la venta y que el escribano deje constancia del pago de la deuda por parte del vendedor a los acreedores y luego que los acreedores soliciten el levantamiento del embargo en el juzgado donde tramita el juicio por la deuda y la sucesión ( debido al fuero de atracción, el mismo juez es competente). Por último realizar la inscripción de la venta por el trámite del tracto abreviado. Al menos es lo que se me ocurre en este momento.
saludos para vos.
