Accidente in itinere. EL trabajador sufre un severo accidente de transito conduciendo un camion en el interior del pais y es derivado a una clinica de rehabilitacion en Capital, en la que esta hace casi 2 años. La familia cobra el salario abonado por la art adicionado con un plus de "gran invalidez". Con este dinero alquilan en Capital y se encuentran al cuidado de su hijo. COnsulta: Cuando se incie demanda por accidente laboral, como continuaran las cosas? La art puede negarse a abonar el sueldo por haberse iniciado acciones? No podria brindar las prestaciones medicas pero las dinerarias? Gracias.-
martins escribió:Accidente in itinere. EL trabajador sufre un severo accidente de transito conduciendo un camion en el interior del pais y es derivado a una clinica de rehabilitacion en Capital, en la que esta hace casi 2 años. La familia cobra el salario abonado por la art adicionado con un plus de "gran invalidez". Con este dinero alquilan en Capital y se encuentran al cuidado de su hijo. COnsulta: Cuando se incie demanda por accidente laboral, como continuaran las cosas? La art puede negarse a abonar el sueldo por haberse iniciado acciones? No podria brindar las prestaciones medicas pero las dinerarias? Gracias.-Si le están pagando la gran invalidez es porque le reconocieron la incapacidad y vos vas a reclamar la verdadera incapacidad y la reparación integral. No pueden dejar de pagarle y si lo hacen denuncialos a la superintendencia. Igual la responsabilidad por la reparación integral la tiene el empleador.
saludos!!