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  • SUCESIÓN AB INTESTATO - CITACIÓN DE HEREDEROS

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #970605  por joseluis818
 
Hola. Hago mi debut en el portal para ver si alguien me puede ayudar a dilucidar sobre el siguiente caso sucesorio:
Abrí la sucesión del Sr. PEREZ, ( fallecido en 2012) presentando la documentación respectiva donde se declara al causante como SOLTERO. Adjunto partidas de nacimiento de sus 3 hijas A - B y C (todas de madres distintas), las cuales a posteriori son declaradas herederas del Sr. PEREZ. Pero, debido a que en dicha declaratoria se consigno de manera incorrecta el apellido materno de una de ellas, pido ACLARATORIA Y RECTIFICACIÓN del mismo. Es ahí cuando, al volver sobre la partida de nacimiento de esa heredera, descubren en el Juzgado que en dicha partida se consigna que era casado con la mamá de la heredera B: Sra. ARIAS. Me pide el juzgado que manifieste al respecto, ante lo cual averiguo con la hija B quien me confirma que sus padres eran casados, así como también que estaban separados de hecho hace 39 años y que hace 37 años su madre vivía en concubinato con el Sr. TORRES con quien tuvo una hija reconocida por ambos hace 35 años. Manifiesto informando al juzgado la SEPARACIÓN DE HECHO DE PEREZ - ARIAS, el nuevo domicilio de la Sra. ARIAS hace 39 años (adjunto copia de documento con dirección distinta a la del acta de casamiento), adjunto partida de nacimiento de hija de 37 años de ARIAS con su concubino TORRES y partida de defunción de Sra. ARIAS (fallece en 2013). Se corre vista al fiscal, quien devuelve expte al Juez quien provee lo siguiente: "ATENTO A LAS CONSTANCIAS DE AUTOS CÍTESE A LOS HEREDEROS DE LA SRA ARIAS PARA QUE EN EL PLAZO DE 10 DIAS SE PRESENTE A TOMAR LA INTERVENCIÓN QUE LES CORRESPONDA BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTARSE DECLARATORIA DE HEREDEROS A FAVOR DE QUIENES SE HAYAN PRESENTADO EN AUTOS".
Por favor si alguien me puede explicar; QUIEN DEBE NOTIFICAR A LOS HEREDEROS DE LA SRA. ARIAS Y POR QUE MEDIO? A PARTIR DE CUANDO CORREN LOS 10 DÍAS? Se supone que por art. 3575 cc la ex-esposa, separa de hecho, perdió la vocación hereditaria, cierto?. ESPERO OPINIONES. GRACIAS.
 #970615  por Squonk
 
joseluis818 escribió: Por favor si alguien me puede explicar; QUIEN DEBE NOTIFICAR A LOS HEREDEROS DE LA SRA. ARIAS Y POR QUE MEDIO? A PARTIR DE CUANDO CORREN LOS 10 DÍAS?
La notificación es por cédula y los 10 días corren a partir de la notificación
joseluis818 escribió:Se supone que por art. 3575 cc la ex-esposa, separa de hecho, perdió la vocación hereditaria, cierto?.
Tendrías que iniciar una acción de exclusión por pérdida de la vocación hereditaria
 #970973  por analiaTorres
 
a ver.. si no estiendo mal.. la sra. Arias hereda a su marido fallecido.
Como ella fallecio... se tiene que presenta la hija que nacio de su segunda relacion.. que embrollo.
A ella es a quien tenes que notificar.. o que se presente con vos..
 #970974  por analiaTorres
 
a ver.. si no estiendo mal.. la sra. Arias hereda a su marido fallecido.
Como ella fallecio... se tiene que presenta la hija que nacio de su segunda relacion.. que embrollo.
A ella es a quien tenes que notificar.. o que se presente con vos..
 #971052  por adriana2011
 
Perdon pero en este post hay varios inconvenientes, 1) la sra no es heredera. 2) la nueva hija tiene vocacion hereditaria. 3) debes notificarla, las notificaciones pueden ser por edictos o por cedula, segun corresponda.
 #971066  por analiaTorres
 
Adriana.. si no entiendo mal.. estaban casados legalmente.. la Sra. si estuviera con vida es heredera de su cónyuge.. al fallecer la hereda la hija del segundo matrimonio... que es a quien debe notificar.. por cédula.. o ponerse en contacto con ella, explicarle la situacion y presentarse con Jose luis..